A/RES/73/127 Día internacional del Multilateralismo y la Diplomacia para la Paz en los que se exponen los criterios convenidos para la proclamación de años internacionales, así como los párrafos 13 y 14, en los que se establece que no debe proclamarse día ni año alguno sin que antes se hayan hecho los arreglos básicos necesarios para su organización y financiación, 1. Declara el 24 de abril Día Internacional del Multilateralismo y la Diplomacia para la Paz, con efecto a partir del septuagésimo tercer período de sesiones de la Asamblea General; 2. Subraya que el Día Internacional constituye un medio para promover los valores de las Naciones Unidas y reafirmar la fe de nuestros pueblos en los propósitos y principios consagrados en su Carta, reiterar la importancia y pertinencia del multilateralismo y el derecho internacional e impulsar el objetivo común de lograr una paz duradera y sostenida mediante la diplomacia; 3. Solicita al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de todos los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales y regionales, así como de RES73-127la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales y los particulares; 4. Solicita también al Secretario General que adopte las medidas y disposiciones necesarias para que las Naciones Unidas celebren y promuevan el Día Internacional; 5. Solicita además al Secretario General que formule recomendaciones sobre los medios que podrían utilizar el sistema de las Naciones Unidas y la Secretaría para ayudar a los Estados Miembros que lo soliciten a organizar actividades destinadas a celebrar y promover el Día Internacional; 6. Invita a todos los Estados Miembros y observadores de las Naciones Unidas, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales y regionales, así como a la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales y los particulares, a que celebren de manera adecuada el Día Internacional y difundan las ventajas del multilateralismo y la diplomacia para la paz, incluso mediante actividades educativas y de concienciación pública; 7. Invita a su Presidencia a que organice, el 24 de abril de 2019, una reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General de un día de duración para celebrar y promover el Día Internacional, con la participación de los Estados Miembros y los observadores, así como de la Presidencia de la Asamblea General y el Secretario General; 8. Invita también al Presidencia de la Asamblea General a que celebre y promueva, según proceda, el Día Internacional; 9. Destaca que el costo de todas las actividades que puedan derivarse de la aplicación de la presente resolución deberá sufragarse mediante contribuciones voluntarias. 51ª sesión plenaria 12 de diciembre de 2018 2/2 18-21725

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