A/RES/73/127
Día internacional del Multilateralismo y la Diplomacia para la Paz
en los que se exponen los criterios convenidos para la proclamación de años
internacionales, así como los párrafos 13 y 14, en los que se establece que no debe
proclamarse día ni año alguno sin que antes se hayan hecho los arreglos básicos
necesarios para su organización y financiación,
1.
Declara el 24 de abril Día Internacional del Multilateralismo y la
Diplomacia para la Paz, con efecto a partir del septuagésimo tercer período de
sesiones de la Asamblea General;
2.
Subraya que el Día Internacional constituye un medio para promover los
valores de las Naciones Unidas y reafirmar la fe de nuestros pueblos en los propósitos
y principios consagrados en su Carta, reiterar la importancia y pertinencia del
multilateralismo y el derecho internacional e impulsar el objetivo común de lograr
una paz duradera y sostenida mediante la diplomacia;
3.
Solicita al Secretario General que señale la presente resolución a la
atención de todos los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las
Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales y regionales, así como de
RES73-127la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales y los
particulares;
4.
Solicita también al Secretario General que adopte las medidas y
disposiciones necesarias para que las Naciones Unidas celebren y promuevan el Día
Internacional;
5.
Solicita además al Secretario General que formule recomendaciones sobre
los medios que podrían utilizar el sistema de las Naciones Unidas y la Secretaría para
ayudar a los Estados Miembros que lo soliciten a organizar actividades destinadas a
celebrar y promover el Día Internacional;
6.
Invita a todos los Estados Miembros y observadores de las Naciones
Unidas, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones
internacionales y regionales, así como a la sociedad civil, incluidas las organizaciones
no gubernamentales y los particulares, a que celebren de manera adecuada el Día
Internacional y difundan las ventajas del multilateralismo y la diplomacia para la paz,
incluso mediante actividades educativas y de concienciación pública;
7.
Invita a su Presidencia a que organice, el 24 de abril de 2019, una reunión
plenaria de alto nivel de la Asamblea General de un día de duración para celebrar y
promover el Día Internacional, con la participación de los Estados Miembros y los
observadores, así como de la Presidencia de la Asamblea General y el Secretario
General;
8.
Invita también al Presidencia de la Asamblea General a que celebre y
promueva, según proceda, el Día Internacional;
9.
Destaca que el costo de todas las actividades que puedan derivarse de la
aplicación de la presente resolución deberá sufragarse mediante contribuciones
voluntarias.
51ª sesión plenaria
12 de diciembre de 2018
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