Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica (2020), para. 122
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Exhorta a los Estados Miembros a que tipifiquen como delito grave el tráfico ilícito de especies amenazadas de fauna y flora silvestres y otros delitos contra el medio ambiente, como el tráfico de madera, metales preciosos, piedras preciosas y otros minerales, por parte de grupos delictivos organizados, de conformidad con su legislación nacional y el artículo 2 b) de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional;