A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/50/169
26 de febrero de 1996
Quincuagésimo período de sesiones
Tema 112 a) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/50/635/Add.1)]
50/169.
Convención Internacional sobre la
Protección de los Derechos de Todos los
Trabajadores Migratorios y de sus
Familiares
La Asamblea General,
Reafirmando una vez más la validez permanente de los principios y normas
enunciados en los principales instrumentos relativos a la protección
internacional de los derechos humanos, particularmente la Declaración
Universal de Derechos Humanos 1/, los Pactos internacionales de derechos
humanos 2/, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las
Formas de Discriminación Racial 3/, la Convención sobre la eliminación de
todas las formas de discriminación contra la mujer 4/ y la Convención sobre
los Derechos del Niño 5/,
Teniendo presentes los principios y normas establecidos en el marco de
la Organización Internacional del Trabajo y la importancia de la labor
realizada en relación con los trabajadores migratorios y sus familiares en
otros organismos especializados y en diversos órganos de las Naciones Unidas,
1/
Resolución 217 A (III).
2/
Resolución 2200 A (XXI), anexo.
3/
Resolución 2106 A (XX), anexo.
4/
Resolución 38/180, anexo.
5/
Resolución 44/25, anexo.
96-76894
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