Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica A/RES/74/177 anticorrupción esbozadas en el comunicado de la Cumbre del Grupo de los 20, celebrada en Osaka (Japón) los días 28 y 29 de junio de 2019, e instando al Grupo de los 20 a que siga haciendo participar en su labor a otros Estados Miembros de las Naciones Unidas y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito de manera inclusiva y transparente para asegurar que las iniciativas del Grupo complementen o refuercen la labor realizada por el sistema de las Naciones Unidas, Destacando la importancia de fortalecer la cooperación internacional, sobre la base de los principios de la responsabilidad compartida y de conformidad con el derecho internacional, para dar una respuesta efectiva al problema mundial de las drogas, desmantelar las redes ilícitas y hacer frente a la delincuencia organizada transnacional, incluidos el blanqueo de dinero, los flujos financieros ilícitos, el tráfico ilícito de migrantes, la trata de personas, el tráfico de armas y demás formas de delincuencia organizada, todo lo cual amenaza la seguridad nacional y menoscaba el desarrollo sostenible y el estado de derecho, y destacando también a este respecto la importancia de la cooperación y el intercambio de información entre los encargados de hacer cumplir la ley, y de que se designen autoridades centrales y puntos de contacto eficaces dedicados a facilitar los procedimientos relativos a la cooperación internacional, en particular para tramitar solicitudes de extradición y asistencia judicial recíproca, así como la importancia de la función de coordinación de las redes regionales pertinentes, Acogiendo con beneplácito el debate de alto nivel de la Asamblea General que se celebró el 6 de junio de 2019 sobre el papel de las organizaciones regionales en la labor de potenciar y aplicar iniciativas de prevención del delito y respuestas de justicia penal, y tomando nota del resumen de las deliberaciones preparado por la Presidencia de la Asamblea General y transmitido a la Conferencia de las Partes en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y a todos los Estados Miembros, Observando la importante contribución que la cooperación entre los sectores público y privado puede hacer a los esfuerzos por prevenir y combatir las actividades delictivas, como la delincuencia organizada transnacional, la corrupción, la ciberdelincuencia y el terrorismo, en particular en el sector del turismo, Reafirmando los compromisos contraídos por los Estados Miembros en la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo, aprobada el 8 de septiembre de 2006 11, y sus sucesivos exámenes bienales, y en particular su resolución 72/284, de 26 de junio de 2018, en que alentó a los Estados Miembros y las entidades de las Naciones Unidas a reforzar y coordinar mejor sus acciones contra el terrorismo y a prevenir y combatir el extremismo violento cuando conduzca al terrorismo, en particular mediante la prestación de asistencia técnica a los Estados Miembros que la solicitasen, y resaltando a este respecto la labor de la Oficina de Lucha contra el Terrorismo, establecida en su resolución 71/291, de 15 de junio de 2017, y de las entidades del Pacto Mundial de Coordinación de la Lucha Antiterrorista de las Naciones Unidas relativa al refuerzo de la capacidad del sistema de las Naciones Unidas de ayudar a los Estados Miembros en la aplicación de la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo, Resaltando la importancia de sus resoluciones relativas a las medidas para eliminar el terrorismo internacional y a la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo, aprobadas en sus períodos de sesiones septuagésimo tercero y septuagésimo cuarto, __________________ 11 19-22334 Resolución 60/288. 5/24

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