A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/18
25 de noviembre de 1996
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 31 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/51/L.17)]
51/18.
Cooperación entre las Naciones Unidas y la
Organización de la Conferencia Islámica
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 37/4, de 22 de octubre de 1982, 38/4, de
28 de octubre de 1983, 39/7, de 8 de noviembre de 1984, 40/4, de 25 de octubre
de 1985, 41/3, de 16 de octubre de 1986, 42/4, de 15 de octubre de 1987, 43/2,
de 17 de octubre de 1988, 44/8, de 18 de octubre de 1989, 45/9, de 25 de
octubre de 1990, 46/13, de 28 de octubre de 1991, 47/18, de 23 de noviembre de
1992, 48/24, de 24 de noviembre de 1993, 49/15, de 15 de noviembre de 1994, y
50/17, de 20 de noviembre de 1995,
Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre la
cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización de la Conferencia
Islámica1,
Teniendo en cuenta que ambas organizaciones desean seguir cooperando
estrechamente en las esferas política, económica, social, humanitaria,
cultural y técnica y en la búsqueda común de soluciones para los problemas
mundiales, como las cuestiones relativas a la paz y la seguridad
internacionales, el desarme, la libre determinación, la descolonización, los
derechos humanos fundamentales y el desarrollo económico y técnico,
Recordando los Artículos de la Carta de las Naciones Unidas que
propician las actividades encaminadas a promover los propósitos y principios
de las Naciones Unidas por medio de la cooperación regional,
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A/51/381.
96-77500
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