A/RES/65/197
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
30 de marzo de 2011
Sexagésimo quinto período de sesiones
Tema 64 a) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 21 de diciembre de 2010
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/65/452)]
65/197. Derechos del niño
La Asamblea General,
Reafirmando todas sus resoluciones anteriores sobre los derechos del niño, en
su totalidad, la más reciente de las cuales es la resolución 64/146, de 18 de
diciembre de 2009,
Poniendo de relieve que la Convención sobre los Derechos del Niño 1
constituye la norma en la promoción y protección de los derechos del niño y,
teniendo presente la importancia de sus Protocolos facultativos 2, e instando a la
ratificación universal de estos, así como a la de otros instrumentos de derechos
humanos,
Recordando la Convención sobre los derechos de las personas con
discapacidad 3, la Convención Internacional para la protección de todas las personas
contra las desapariciones forzadas 4 y la Convención Internacional sobre la
protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus
familiares 5,
Reafirmando que los principios generales del interés superior del niño, la no
discriminación, la participación y la supervivencia y el desarrollo, entre otros,
constituyen el marco para todas las acciones relacionadas con los niños, incluidos
los adolescentes,
Reafirmando también la Declaración y el Programa de Acción de Viena 6, la
Declaración del Milenio 7 y el documento final de su vigésimo séptimo período
extraordinario de sesiones sobre la infancia, titulado “Un mundo apropiado para los
_______________
1
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531.
Ibíd., vols. 2171 y 2173, núm. 27531.
3
Resolución 61/106, anexo I.
4
Resolución 61/177, anexo.
5
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2220, núm. 39481.
6
A/CONF.157/24 (Part I), cap. III.
7
Véase la resolución 55/2.
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Se ruega reciclar
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