A/RES/56/24 10. Pide que comiencen inmediatamente las negociaciones en la Conferencia de Desarme sobre un tratado no discriminatorio, multilateral y verificable internacional y efectivamente por el que se prohíba la producción de material fisionable para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares, teniendo presentes el informe del Coordinador Especial10 y el mandato que allí figura; 11. Insta a la Conferencia de Desarme a que convenga en un programa de trabajo en que se prevea el comienzo inmediato de las negociaciones sobre un tratado de ese tipo, con miras a concluir esas negociaciones dentro de un plazo de cinco años; 12. Pide que se concluya un instrumento o unos instrumentos jurídicos internacionales sobre garantías de seguridad suficientes para los Estados no poseedores de armas nucleares; 13. Pide también la pronta entrada en vigor y la estricta observancia del Tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares43; 14. Lamenta que la Conferencia de Desarme, en su período de sesiones de 2001, no haya podido establecer un comité especial sobre desarme nuclear, como le había pedido la Asamblea General en su resolución 55/33 T; 15. Reitera su petición a la Conferencia de Desarme de que establezca, con carácter prioritario, un comité especial que se ocupe del desarme nuclear y entable, a principios del año 2002, negociaciones sobre un programa escalonado de desarme nuclear que se traduzca, a la larga, en la eliminación de las armas nucleares; 16. Pide que se convoque en breve una conferencia internacional sobre el desarme nuclear en todos sus aspectos para especificar y considerar medidas concretas de desarme nuclear; 17. Pide al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo séptimo período de sesiones, un informe sobre la aplicación de la presente resolución; 18. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo séptimo período de sesiones el tema titulado “Desarme nuclear”. 68ª sesión plenaria 29 de noviembre de 2001 S S EGUIMIENTO DE LA OPINIÓN CONSULTIVA DE LA C ORTE I NTERNACIONAL DE J USTICIA SOBRE LA L EGALIDAD DE LA AMENAZA O EL EMPLEO DE LAS ARMAS NUCLEARES La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 49/75 K, de 15 de diciembre de 1994, 51/45 M, de 10 de diciembre de 1996, 52/38 O, de 9 de diciembre de 1997, 53/77 W, de 4 de diciembre de 1998, 54/54 Q, de 1° de diciembre de 1999, y 55/33 X, de 20 de noviembre de 2000, Convencida de que el hecho de que continúen existiendo armas nucleares representa una amenaza para toda la humanidad y de que su empleo tendría consecuencias catastróficas para la vida en la Tierra, y reconociendo que la única defensa contra una catástrofe nuclear es la eliminación total de las armas nucleares y la certeza de que no se volverán a fabricar jamás, 32

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