A/RES/56/24
a)
Recuerda su solicitud a los Estados Miembros de que den a conocer al
Secretario General sus opiniones sobre el mantenimiento del Registro y su
perfeccionamiento, así como sobre medidas para lograr la transparencia en materia
de armas de destrucción en masa;
b)
Pide al Secretario General que, con la asistencia de un grupo de expertos
gubernamentales que se establecerá en 2003 sobre la base de la representación
geográfica equitativa, prepare un informe sobre el mantenimiento del Registro y su
perfeccionamiento, teniendo en cuenta la labor de la Conferencia de Desarme, las
opiniones expresadas por los Estados Miembros y los informes del Secretario
General sobre el mantenimiento del Registro y su perfeccionamiento, con miras a
adoptar una decisión al respecto en su quincuagésimo octavo período de sesiones;
5.
Pide también al Secretario General que aplique las recomendaciones que
figuran en su informe correspondiente al año 2000 sobre el mantenimiento del Registro
y su perfeccionamiento y vele por que se proporcionen a la Secretaría recursos
suficientes para el funcionamiento y el mantenimiento del Registro;
6.
Invita a la Conferencia de Desarme a que considere la posibilidad de
continuar su labor sobre la transparencia en materia de armamentos;
7.
Reitera su llamamiento a todos los Estados Miembros para que cooperen
en los planos regional y subregional, teniendo plenamente en cuenta las
circunstancias particulares de cada región o subregión, con miras a reforzar y
coordinar las actividades internacionales para lograr una mayor franqueza y
transparencia en materia de armamentos;
8.
Pide al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo séptimo
período de sesiones, un informe sobre los progresos que se logren en la aplicación
de la presente resolución;
9.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo séptimo
período de sesiones el tema titulado “Transparencia en materia de armamentos”.
68ª sesión plenaria
29 de noviembre de 2001
R
D ESARME NUCLEAR
La Asamblea General,
Recordando su resolución 49/75 E, de 15 de diciembre de1994, relativa a la
reducción progresiva de la amenaza nuclear, y sus resoluciones 50/70 P, de 12 de
diciembre de 1995, 51/45 O, de 10 de diciembre de 1996, 52/38 L, de 9 de
diciembre de 1997, 53/77 X, de 4 de diciembre de 1998, 54/54 P, de 1° de diciembre
de 1999, y 55/33 T, de 20 de noviembre de 2000, relativas al desarme nuclear,
Reafirmando el compromiso de la comunidad internacional de alcanzar el
objetivo de la eliminación total de las armas nucleares y la creación de un mundo
libre de armas nucleares,
Teniendo presente que en la Convención sobre la prohibición del desarrollo, la
producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas
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