A/RES/73/250 Día Mundial de la Inocuidad de los Alimentos Teniendo en cuenta que la carga mundial de enfermedades de transmisión alimentaria es considerable y afecta a personas de todas las edades, en particular a los niños menores de cinco años, y a las personas que viven en las regiones del mundo con ingresos bajos, Conocedora de la urgente necesidad de crear conciencia a todos los niveles y promover y facilitar la adopción de medidas en pro de la inocuidad de los alimentos mundial, sobre la base de principios científicos, de conformidad con el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio, Recordando el destacado papel de la Comisión del Codex Alimentarius de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura y la Organización Mundial de la Salud en el establecimiento de normas alimentarias internacionales con vistas a proteger la salud de los consumidores y en la aplicación de prácticas justas en el comercio de alimentos, así como el destacado papel de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura y la Organización Mundial de la Salud en el fomento de la capacidad de los países para implementar sistemas de inocuidad de los alimentos, Recordando también la resolución 11/2017, aprobada el 7 de julio de 2017 por la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Ali mentación y la Agricultura en su 40º período de sesiones, Reconociendo que la promoción de la agricultura sostenible puede contribuir a la inocuidad de los alimentos, 1. Decide designar el 7 de junio Día Mundial de la Inocuidad de los Alimentos; 2. Destaca que el costo de todas las actividades que puedan derivarse de la aplicación de la presente resolución deberá sufragarse mediante contribuciones voluntarias, e invita a todos los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales y regionales, así como al sector privado y la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, los particulares y otros interesados pertinentes, a que celebren el Día Mundial de la Inocuidad de los Alimentos de una manera adecuada y acorde con las prioridades nacionales; 3. Invita a la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura y a la Organización Mundial de la Salud, organizaciones matrices de la Comisión del Codex Alimentarius, a que faciliten de manera conjunta la celebración del Día Mundial de la Inocuidad de los Alimentos, en colaboración con otras organizaciones competentes, teniendo presentes las disposiciones que figuran en el anexo de la resolución 1980/67 del Consejo Económico y Social; 4. Solicita al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de todos los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones de la sociedad civil para que el Día se celebre debidamente. 62 a sesión plenaria 20 de diciembre de 2018 2/2 18-22631

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