A/RES/73/250
Día Mundial de la Inocuidad de los Alimentos
Teniendo en cuenta que la carga mundial de enfermedades de transmisión
alimentaria es considerable y afecta a personas de todas las edades, en particular a los
niños menores de cinco años, y a las personas que viven en las regiones del mundo
con ingresos bajos,
Conocedora de la urgente necesidad de crear conciencia a todos los niveles y
promover y facilitar la adopción de medidas en pro de la inocuidad de los alimentos
mundial, sobre la base de principios científicos, de conformidad con el Acuerdo sobre
la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del
Comercio,
Recordando el destacado papel de la Comisión del Codex Alimentarius de la
Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura y la
Organización Mundial de la Salud en el establecimiento de normas alimentarias
internacionales con vistas a proteger la salud de los consumidores y en la aplicación
de prácticas justas en el comercio de alimentos, así como el destacado papel de la
Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura y la
Organización Mundial de la Salud en el fomento de la capacidad de los países para
implementar sistemas de inocuidad de los alimentos,
Recordando también la resolución 11/2017, aprobada el 7 de julio de 2017 por
la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Ali mentación y la
Agricultura en su 40º período de sesiones,
Reconociendo que la promoción de la agricultura sostenible puede contribuir a
la inocuidad de los alimentos,
1.
Decide designar el 7 de junio Día Mundial de la Inocuidad de los
Alimentos;
2.
Destaca que el costo de todas las actividades que puedan derivarse de la
aplicación de la presente resolución deberá sufragarse mediante contribuciones
voluntarias, e invita a todos los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de
las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales y regionales, así como al
sector privado y la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales,
los particulares y otros interesados pertinentes, a que celebren el Día Mundial de la
Inocuidad de los Alimentos de una manera adecuada y acorde con las prioridades
nacionales;
3.
Invita a la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la
Agricultura y a la Organización Mundial de la Salud, organizaciones matrices de la
Comisión del Codex Alimentarius, a que faciliten de manera conjunta la celebración
del Día Mundial de la Inocuidad de los Alimentos, en colaboración con otras
organizaciones competentes, teniendo presentes las disposiciones que figuran en el
anexo de la resolución 1980/67 del Consejo Económico y Social;
4.
Solicita al Secretario General que señale la presente resolución a la
atención de todos los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las
Naciones Unidas y las organizaciones de la sociedad civil para que el Día se celebre
debidamente.
62 a sesión plenaria
20 de diciembre de 2018
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