A/RES/60/5 protectores para niños, el alcohol, la no utilización de cascos, la velocidad inadecuada y excesiva y la falta de infraestructura 3, Acogiendo con satisfacción la propuesta de la Comisión Económica para Europa de actuar como anfitriona de la primera Semana Mundial de las Naciones Unidas sobre la Seguridad Vial, que habrá de celebrarse en Ginebra en abril de 2007, dirigida a los usuarios jóvenes de carreteras, incluidos los conductores jóvenes, Acogiendo también con satisfacción la propuesta de conmemorar el tercer domingo de noviembre el día mundial en recuerdo de las víctimas de los accidentes de tráfico, en reconocimiento de las víctimas de los accidentes de tráfico y de las pérdidas y los sufrimientos de sus familias 4, Convencida de que la responsabilidad de la seguridad vial recae en las autoridades locales, municipales y nacionales, Reconociendo que muchos países en desarrollo y países de economía en transición tienen una capacidad limitada para hacer frente a esos problemas, y subrayando, en este contexto, la importancia de la cooperación internacional para prestar mayor apoyo a los esfuerzos de los países en desarrollo, en particular los destinados a crear capacidad en la esfera de la seguridad vial, y para prestar el apoyo financiero y técnico asociado a esos esfuerzos, 1. Expresa su preocupación porque sigue aumentando el número de muertos y heridos en accidentes de tráfico en todo el mundo, especialmente en los países en desarrollo; 2. Reafirma la importancia de ocuparse de las cuestiones de seguridad vial en el mundo y la necesidad de seguir fortaleciendo la cooperación internacional, teniendo en cuenta las necesidades de los países en desarrollo, creando capacidad en el ámbito de la seguridad vial y prestando apoyo financiero y técnico a sus esfuerzos; 3. Alienta a los Estados Miembros y a la comunidad internacional, incluidas las instituciones financieras internacionales y regionales, a prestar apoyo financiero, técnico y político, según proceda, a las comisiones regionales de las Naciones Unidas, la Organización Mundial de la Salud y otros organismos competentes de las Naciones Unidas en sus actividades dirigidas a mejorar la seguridad vial; 4. Invita a las comisiones regionales de las Naciones Unidas, los organismos competentes de las Naciones Unidas y los asociados internacionales a proseguir las iniciativas de seguridad vial existentes y los alienta a emprender otras nuevas; 5. Alienta a los Estados Miembros a adherirse a la Convención sobre la Circulación Vial 5 de 1949 y las Convenciones sobre la circulación vial 6 y sobre la señalización vial 7 de 1968, a fin de asegurar un alto nivel de seguridad vial en sus países, y también los alienta a procurar disminuir el número de muertos y heridos en accidentes de tráfico con miras a alcanzar los objetivos de desarrollo del Milenio; _______________ 3 Ibíd., párrs. 37 f) y g). Ibíd., párr. 37 i). 5 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 125, No. 1671. 6 Ibíd., vol. 1042, No. 15705. 7 Ibíd., vol. 1091, No. 16743. 4 2

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos