A/RES/54/240
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Tomando nota del informe del Secretario General sobre la ejecución del presupuesto del Tribunal
Internacional para Rwanda para 19983 y de las observaciones de la Comisión Consultiva a ese respecto4,
1. Lamenta profundamente que se haya presentado con retraso el informe del Secretario General sobre
la financiación del Tribunal Penal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de
genocidio y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de
Rwanda y de los ciudadanos rwandeses presuntamente responsables de genocidio y otras violaciones de esa
naturaleza cometidas en el territorio de Estados vecinos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 19941,
y que no se le presentara el informe del grupo de expertos encargado de examinar la eficacia de las
actividades y el funcionamiento de dicho Tribunal y del Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de
los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el
territorio de la ex Yugoslavia desde 1991, solicitado en su resolución 53/213;
2. Señala con preocupación que, debido a la demora en la presentación del informe sobre la
financiación del Tribunal Internacional para Rwanda, no tuvo tiempo suficiente para examinarlo
debidamente;
3. Pide que los informes futuros sobre la financiación del Tribunal Internacional para Rwanda se
presenten, a más tardar, el 1 de octubre del año en que deban ser examinados;
4. Pide al Secretario General que publique, como cuestión de carácter prioritario, el informe del grupo
de expertos en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas;
5. Pide también al Secretario General que obtenga los comentarios y las observaciones del Tribunal
Internacional para Rwanda sobre el informe del grupo de expertos y que se los presente, por conducto de la
Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto, para examinarlos en la continuación de
su quincuagésimo cuarto período de sesiones;
6. Pide además al Secretario General que continúe mejorando los indicadores del volumen de trabajo
y que los utilice, en la máxima medida posible, para justificar las solicitudes de recursos en las estimaciones
presupuestarias;
7. Aprueba las recomendaciones de la Comisión Consultiva5 en relación con la nota del Secretario
General sobre las condiciones de servicio de los magistrados del Tribunal Internacional para Rwanda y del
Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia6, con respecto al pago de una prestación a los familiares
supérstites de los magistrados, consistente en una suma global;
8. Aprueba también las recomendaciones presupuestarias hechas por la Comisión Consultiva en el
párrafo 71 de su informe7, con sujeción a lo dispuesto en la presente resolución;
3
A/54/496 y Corr.1.
4
Véase A/54/646.
A/54/646, párr. 75.
5
6
A/C.5/54/30.
7
A/54/646.
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