Derechos del niño (2020), para. 086
Párrafo- Original document
- Paragraph text
o) Proteger a los menores no acompañados y separados en todas las etapas de la migración mediante el establecimiento de procedimientos especiales para identificarlos, derivarlos, prestarles cuidados y reunirlos con sus familias, y darles acceso a los servicios de atención sanitaria, incluida la salud mental, así como a la educación, la asistencia jurídica y el derecho a ser escuchado en los procesos administrativos y judiciales, incluso designando cuanto antes a un representante legal competente e imparcial, como medio esencial para hacer frente a su particular vulnerabilidad y discriminación, protegerlos de todas las formas de violencia y facilitarles acceso a soluciones sostenibles que tengan en cuenta el interés superior del niño;
- Document body
- Asamblea general de las Naciones Unidas
- Temas
- Derechos sociales y culturales
- Igualdad & inclusión
- Moviemiento
- Salud
- Personas afectadas
- Familias
- NNA
- Personas en movimiento
- Document year
- 2020
- Paragraph number
- 86
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