Tomando nota de los informes del Secretario General sobre la cuestión de la pena de muerte, en el último de los cuales el Secretario General examinó los efectos desproporcionados de la aplicación de la pena de muerte a las personas pobres o económicamente vulnerables, los extranjeros, y las personas que ejercen el derecho a la libertad de religión o de creencias y a la libertad de expresión, y la aplicación discriminatoria de la pena de muerte contra las minorías raciales y étnicas, su aplicación discriminatoria por motivos de género u orientación sexual, y su aplicación a las personas con discapacidad mental e intelectual 1 ,