Seguimiento de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento A/RES/68/134 humanos de las personas de edad, en marcos como el del Grupo de Trabajo de Composición Abierta sobre el Envejecimiento; 6. Destaca la importancia de que el experto independiente y el Grupo de Trabajo de Composición Abierta sobre el Envejecimiento trabajen en estrecha coordinación, evitando las duplicaciones innecesarias de sus respectivos mandatos y los de otros procedimientos especiales y órganos subsidiarios del Consejo de Derechos Humanos y órganos y tratados pertinentes de las Naciones Unidas; Alienta a todos los Estados Miembros a que tengan presentes los 7. informes del experto independiente, incluido el informe amplio que se señalará a la atención del Grupo de Trabajo; Invita a los Estados Miembros a que adopten y apliquen políticas no 8. discriminatorias y a que revisen y modifiquen de forma sistemática, según convenga, las prácticas y reglamentos vigentes que discriminen a las personas de edad a fin de promover un entorno propicio para estas personas; Alienta a los gobiernos a que garanticen que la integración social de las 9. personas de edad y la promoción y la protección de sus derechos formen parte esencial de las políticas de desarrollo a todos los niveles; 10. Alienta también a los gobiernos a que presten mayor atención a la creación de capacidad para erradicar la pobreza entre las personas de edad, en particular entre las mujeres, incorporando las cuestiones relacionadas con el envejecimiento en las estrategias de erradicación de la pobreza y los planes nacionales de desarrollo, y a que incluyan políticas específicas en materia de envejecimiento e iniciativas de integración de la cuestión del envejecimiento en sus estrategias nacionales; 11. Alienta a los Estados Miembros a que refuercen sus actividades de fomento de la capacidad nacional para atender las prioridades nacionales en materia de aplicación definidas durante los exámenes y evaluaciones del Plan de Acción de Madrid, e invita a los Estados Miembros que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de adoptar un enfoque gradual para desarrollar su capacidad que comprenda el establecimiento de prioridades nacionales, el fortalecimiento de los mecanismos institucionales, la investigación, la reunión y el análisis de datos y la capacitación del personal necesario en la esfera del envejecimiento; 12. Alienta también a los Estados Miembros a que superen los obstáculos a la aplicación del Plan de Acción de Madrid formulando estrategias que tengan en cuenta toda la trayectoria vital de la persona y fomenten la solidaridad intergeneracional con objeto de incrementar la probabilidad de obtener mejores resultados en los años venideros; 13. Alienta además a los Estados Miembros a que hagan especial hincapié en fijar prioridades nacionales realistas, sostenibles, viables y con la máxima probabilidad de alcanzarse en los años venideros y a que elaboren objetivos e indicadores para medir los progresos en el proceso de aplicación; 14. Invita a los Estados Miembros a que determinen sus principales esferas prioritarias para la aplicación del Plan de Acción de Madrid, entre ellas el empoderamiento de las personas de edad y la promoción de sus derechos, la concienciación sobre el envejecimiento y la creación de capacidad nacional al respecto; 15. Recomienda que los Estados Miembros intensifiquen sus esfuerzos por dar a conocer mejor el Plan de Acción de Madrid, concretamente promoviendo y 3/7

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