A/HRC/RES/53/2
Eritrea a adoptar inmediatamente medidas concretas para aplicar todas las recomendaciones
del Relator Especial;
2.
Reitera que todos los responsables de violaciones y abusos de los derechos
humanos deben responder por sus actos;
3.
Decide prorrogar el mandato del Relator Especial sobre la situación de los
derechos humanos en Eritrea por un nuevo período de un año;
4.
Solicita al Relator Especial que presente un informe al Consejo de Derechos
Humanos en su 56º período de sesiones y a la Asamblea General en su septuagésimo octavo
período de sesiones;
5.
Decide celebrar un diálogo interactivo ampliado sobre la situación de los
derechos humanos en Eritrea en su 55º período de sesiones, con la participación, entre otros,
del Relator Especial, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos, la sociedad civil y otras partes interesadas;
6.
Exhorta al Gobierno de Eritrea a cooperar plenamente con el Consejo de
Derechos Humanos y sus mecanismos, en particular el Relator Especial, entre otras formas
permitiéndole acceder al país y comprometiéndose a realizar progresos en relación con las
recomendaciones incluidas en sus informes y con los parámetros e indicadores asociados
propuestos en 20193, a saber:
a)
Avances en la promoción del estado de derecho y el fortalecimiento de las
instituciones nacionales de justicia y orden público;
b)
Compromiso claro de introducción de reformas en el servicio nacional/militar;
c)
Mayores esfuerzos para respetar, proteger y hacer realidad los derechos a la
libertad de religión o de creencias, de reunión pacífica, de asociación, de opinión y de
expresión, incluidos los de los miembros de la prensa, y mayores esfuerzos para poner fin a
la discriminación religiosa y étnica;
d)
Compromiso claro de hacer frente a todas las formas de violencia sexual y por
razón de género y de promover los derechos de las mujeres y las niñas y la igualdad entre los
géneros;
e)
Fortalecimiento de la cooperación con los órganos especializados de derechos
humanos de las Naciones Unidas, los organismos internacionales y la Comisión Africana de
Derechos Humanos y de los Pueblos;
7.
Alienta al Gobierno de Eritrea a aplicar las recomendaciones aceptadas por el
Estado durante el tercer ciclo del examen periódico universal;
8.
Solicita al Secretario General que proporcione al Relator Especial toda la
información y los recursos necesarios para llevar a cabo su mandato;
9.
Decide seguir ocupándose de la cuestión.
34ª sesión
12 de julio de 2023
[Aprobada en votación registrada por 18 votos contra 7 y 21 abstenciones. El resultado de la
votación fue el siguiente:
Votos a favor:
Alemania, Argentina, Bélgica, Chequia, Chile, Costa Rica, Estados Unidos de
América, Finlandia, Francia, Honduras, Lituania, Luxemburgo, México,
Montenegro, Paraguay, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte,
Rumania y Ucrania.
Votos en contra:
China, Cuba, Eritrea, India, Pakistán, Somalia y Sudán.
3
2
Véase A/HRC/41/53, párrs. 78 a 82.
GE.23-14215