A/HRC/RES/53/2 Eritrea a adoptar inmediatamente medidas concretas para aplicar todas las recomendaciones del Relator Especial; 2. Reitera que todos los responsables de violaciones y abusos de los derechos humanos deben responder por sus actos; 3. Decide prorrogar el mandato del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea por un nuevo período de un año; 4. Solicita al Relator Especial que presente un informe al Consejo de Derechos Humanos en su 56º período de sesiones y a la Asamblea General en su septuagésimo octavo período de sesiones; 5. Decide celebrar un diálogo interactivo ampliado sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea en su 55º período de sesiones, con la participación, entre otros, del Relator Especial, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la sociedad civil y otras partes interesadas; 6. Exhorta al Gobierno de Eritrea a cooperar plenamente con el Consejo de Derechos Humanos y sus mecanismos, en particular el Relator Especial, entre otras formas permitiéndole acceder al país y comprometiéndose a realizar progresos en relación con las recomendaciones incluidas en sus informes y con los parámetros e indicadores asociados propuestos en 20193, a saber: a) Avances en la promoción del estado de derecho y el fortalecimiento de las instituciones nacionales de justicia y orden público; b) Compromiso claro de introducción de reformas en el servicio nacional/militar; c) Mayores esfuerzos para respetar, proteger y hacer realidad los derechos a la libertad de religión o de creencias, de reunión pacífica, de asociación, de opinión y de expresión, incluidos los de los miembros de la prensa, y mayores esfuerzos para poner fin a la discriminación religiosa y étnica; d) Compromiso claro de hacer frente a todas las formas de violencia sexual y por razón de género y de promover los derechos de las mujeres y las niñas y la igualdad entre los géneros; e) Fortalecimiento de la cooperación con los órganos especializados de derechos humanos de las Naciones Unidas, los organismos internacionales y la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos; 7. Alienta al Gobierno de Eritrea a aplicar las recomendaciones aceptadas por el Estado durante el tercer ciclo del examen periódico universal; 8. Solicita al Secretario General que proporcione al Relator Especial toda la información y los recursos necesarios para llevar a cabo su mandato; 9. Decide seguir ocupándose de la cuestión. 34ª sesión 12 de julio de 2023 [Aprobada en votación registrada por 18 votos contra 7 y 21 abstenciones. El resultado de la votación fue el siguiente: Votos a favor: Alemania, Argentina, Bélgica, Chequia, Chile, Costa Rica, Estados Unidos de América, Finlandia, Francia, Honduras, Lituania, Luxemburgo, México, Montenegro, Paraguay, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Rumania y Ucrania. Votos en contra: China, Cuba, Eritrea, India, Pakistán, Somalia y Sudán. 3 2 Véase A/HRC/41/53, párrs. 78 a 82. GE.23-14215

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