A/RES/73/171 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 22 de enero de 2019 Septuagésimo tercer período de sesiones Tema 74 b) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 17 de diciembre de 2018 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/73/589/Add.2)] 73/171. El derecho a la alimentación La Asamblea General, Reafirmando la Carta de las Naciones Unidas y su importancia para la promoción y protección de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos, Reafirmando también las resoluciones y decisiones anteriores sobre el derecho a la alimentación aprobadas en el marco de las Naciones Unidas, Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, que dispone que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y el bienestar, en especial la alimentación, así como la Declaración Universal sobre la Erradicación del Hambre y la Malnutrición 2 , la Declaración del Milenio 3 , en particular el primer Objetivo de Desarrollo del Milenio, relativo a la erradicación de la pobreza extrema y el hambre para 2015, y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 4 , en particular los Objetivos de Desarrollo Sostenible relativos a la eliminación del hambre, el logro de la seguridad alimentaria y una mejor nutrición, y la promoción de la agricultura sostenible y a la elimina ción de la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo, Recordando también las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 5, en que se reconoce el derecho fundamental de toda persona a no padecer hambre, __________________ 1 2 3 4 5 18-22267 (S) Resolución 217 A (III). Informe de la Conferencia Mundial sobre la Alimentación, Roma, 5 a 16 de noviembre de 1974 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.75.II.A.3), cap. I. Resolución 55/2. Resolución 70/1. Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo. 230119 240119 *1822267*

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