A/HRC/RES/21/4 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 9 de octubre de 2012 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 21º período de sesiones Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos* 21/4. Desapariciones forzadas o involuntarias El Consejo de Derechos Humanos, Reafirmando los artículos pertinentes de la Declaración Universal de Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que garantizan a toda persona el derecho a la vida, el derecho a la libertad y a la seguridad personales, el derecho a no ser sometida a torturas y el derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica, Recordando la resolución 20 (XXXVI) de la Comisión de Derechos Humanos, de 29 de febrero de 1980, por la que la Comisión decidió establecer un grupo de trabajo compuesto por cinco miembros, en calidad de expertos a título individual, para examinar cuestiones relativas a las desapariciones forzadas o involuntarias, así como todas las resoluciones anteriores sobre la cuestión, en particular la resolución 16/16 del Consejo de Derechos Humanos, de 24 de marzo de 2011, por la que el Consejo renovó por consenso el mandato del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias, Consciente de la aprobación por la Asamblea General de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas mediante su resolución 61/177, de 20 de diciembre de 2006, Recordando la resolución 47/133 de la Asamblea General, de 18 de diciembre de 1992, por la que la Asamblea aprobó la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas como conjunto de principios aplicables por los Estados, Recordando también la resolución 60/147 de la Asamblea General, de 16 de diciembre de 2005, por la que la Asamblea aprobó los Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de * Las resoluciones y decisiones aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos se publicarán en el informe del Consejo sobre su 21º período de sesiones (A/HRC/21/2), cap. I. GE.12-17406 (S) 151012 161012

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