E/CN.6/2020/L.1
Anexo
Declaración política con ocasión del 25º aniversario de la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer
Nosotros, los Ministros y representantes de los Gobiernos,
Habiéndonos reunido en el 64º período de sesiones de la Comisión de la
Condición Jurídica y Social de la Mujer, en Nueva York, con ocasión del 25º
aniversario de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en
1995, para examinar y evaluar la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción
de Beijing 1 y los documentos finales del vigésimo tercer período extraordinario de
sesiones de la Asamblea General, titulado “La mujer en el año 2000: igualdad entre
los géneros, desarrollo y paz para el siglo XXI” 2, incluida una evaluación de los
desafíos y deficiencias actuales que afectan a la Declaración y Plataforma de Acción
de Beijing y al logro de la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de todas
las mujeres y las niñas y el disfrute pleno y en condiciones de igualdad de todos los
derechos humanos y las libertades fundamentales por todas las mujeres y las niñas a
lo largo de su vida, y su contribución para que la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible se implemente con una perspectiva de género 3, así como para garantizar
que se acelere la aplicación de la Plataforma de Acción, con el compromiso de
asegurar la incorporación de una perspectiva de género en los preparativos y la
aplicación y seguimiento integrados y coordinados de los resultados de todas las
grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas en las esferas del desarrollo,
económica, social, ambiental y humanitaria y esferas conexas, a fin de que
contribuyan eficazmente a la consecución de la igualdad entre los géneros y el
empoderamiento de todas las mujeres y las niñas,
1.
Reafirmamos la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing 1, los
documentos finales del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la
Asamblea General 2 y las declaraciones aprobadas por la Comisión de la Condición
Jurídica y Social de la Mujer con ocasión de los aniversarios 10 º, 15º y 20º de la
Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer 4, y nos comprometemos a aplicarlas;
2.
Reconocemos que la aplicación plena, efectiva y acelerada de la
Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y el cumplimiento de las obligaciones
contraídas en virtud de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer 5 se refuerzan mutuamente para lograr la igualdad
entre los géneros y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas y la realización
de sus derechos humanos, y exhortamos a los Estados q ue aún no lo hayan hecho a
que consideren la posibilidad de ratificar la Convención y su Protocolo Facultativo o
de adherirse a ellos 6;
__________________
1
2
3
4
5
6
2/7
Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de
1995 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1,
anexos I y II.
Resoluciones de la Asamblea General S-23/2, anexo, y S-23/3, anexo.
Resolución 70/1 de la Asamblea General.
Véanse Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2005, Suplemento núm. 7 y
corrección (E/2005/27 y E/2005/27/Corr.1), cap. I, secc. A, y decisión 2005/232 del Consejo
Económico y Social; Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2010, Suplemento
núm. 7 y corrección (E/2010/27 y E/2010/27/Corr.1), cap. I, secc. A, y decisión 2010/232 del
Consejo Económico y Social; y Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2015,
suplemento núm. 7 (E/2015/27), cap. I, secc. C, resolución 59/1, anexo.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1249, núm. 20378.
Ibid., vol. 2131, núm. 20378.
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