A/RES/73/112 Cuestión de la Polinesia Francesa 6. Lamenta que la Potencia administradora no haya respondido a la solicitud de presentar información sobre la Polinesia Francesa en virtud del Artículo 73 e de la Carta desde que la Asamblea General volviera a incluir al Territorio en la lista en 2013; 7. Reafirma que la Potencia administradora tiene la obligación de transmitir información en virtud de lo dispuesto en el Capítulo XI de la Carta y solicita a la Potencia administradora que transmita al Secretario Gene ral la información sobre la Polinesia Francesa solicitada en la Carta; 8. Insta a la Potencia administradora a asegurar la soberanía permanente del pueblo de la Polinesia Francesa sobre sus recursos naturales, incluidos los recursos marinos y los minerales submarinos, de conformidad con las resoluciones pertinentes de la Asamblea General; 9. Exhorta a la Potencia administradora a que intensifique su diálogo con la Polinesia Francesa a fin de facilitar un avance rápido hacia un proceso de libre determinación justo y eficaz, en el marco del cual se acuerden las condiciones y los plazos de un acto de libre determinación; 10. Solicita al Comité Especial que siga examinando la cuestión del Territorio No Autónomo de la Polinesia Francesa y la informe al respecto en su septuagésimo cuarto período de sesiones. 48 a sesión plenaria 7 de diciembre de 2018 4/4 18-21500

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