Cuestión de la Polinesia Francesa A/RES/73/112 información pública para ayudar a los pueblos de los Territorios a comprende r mejor las distintas opciones en lo que respecta a la libre determinación, Recordando que la Polinesia Francesa fue admitida como miembro de pleno derecho del Foro de las Islas del Pacífico en el 47º Foro de las Islas del Pacífico, celebrado en Pohnpei (Estados Federados de Micronesia) del 8 al 10 de septiembre de 2016, Tomando nota de la declaración realizada en octubre de 2017 por el Presidente de la Polinesia Francesa ante la Comisión Política Especial y de Descolonización (Cuarta Comisión) durante el septuagésimo segundo período de sesiones de la Asamblea General, Tomando nota también de que un representante del Gobierno del Territorio participó en el seminario regional, que en 2018 tuvo lugar del 9 al 11 de mayo en Saint George, Haciendo notar las elecciones legislativas celebradas en abril y mayo de 2018, 1. Reafirma el derecho inalienable del pueblo de la Polinesia Francesa a la libre determinación, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y con la resolución 1514 (XV), en la que figura la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales; 2. Reafirma también que, en último término, corresponde al propio pueblo de la Polinesia Francesa decidir libremente su estatuto político futuro, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Carta, la Declaración y las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y, a ese respecto, exhorta a la Potencia administradora a que, en colaboración con el Gobierno del Territorio y los órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas, elabore programas de educación política para el Territorio a fin de que la población de la Polinesia Francesa tome conciencia de su derecho a la libre determinación en el marco de sus opciones legítimas sobre el estatuto político, sobre la base de los principios claramente definidos en su resolución 1541 (XV) y otras resoluciones y decisiones pertinentes; 3. Recuerda la solicitud, formulada durante el seminario regional del Caribe de 2017 por un representante del Gobierno del Territorio, de que se eliminara a la Polinesia Francesa de la lista de Territorios No Autónomos, y toma nota de la resolución núm. 2013-3, aprobada por la Asamblea de la Polinesia Francesa el 30 de mayo de 2013, que revocó la resolución de la Asamblea aprobada en 2011 en la que se solicitaba la reinscripción de la Polinesia Francesa en dicha lista; 4. Reafirma, a este respecto, la resolución 67/265 de la Asamblea General, en la que se preveía la reinscripción de la Polinesia Francesa en la lista de Territorios No Autónomos, y toma cuidadosa nota de una evaluación independiente del gobierno autónomo del Territorio, presentada a la Comisión Política E special y de Descolonización (Cuarta Comisión) el 4 de octubre de 2016 7, en la que se señalaba que el Territorio no había alcanzado plenamente el autogobierno; 5. Exhorta a la Potencia administradora a que participe y coopere plenamente en la labor del Comité Especial encargado de Examinar la Situación con respecto a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales a fin de aplicar las disposiciones del Artículo 73 e de la Carta y las de la Declaración y de asesorar al Comité Especial sobre la aplicación de lo dispuesto en el Artículo 73 b de la Carta, relativo a la labor de promover el autogobierno de la Polinesia Francesa, y alienta a la Potencia administradora a que facilite el envío de misiones visitadoras y especiales al Territorio; __________________ 7 18-21500 Véase A/C.4/71/SR.3, párrs. 71 y 72. 3/4

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