A/HRC/RES/26/5
11.
Exhorta a los Estados a que analicen y evalúen los efectos de la crisis
económica y financiera desde una perspectiva de género, y a que procuren que los
principios de la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer se reflejen también en
las iniciativas estatales encaminadas a mantener y expandir la recuperación económica, lo
que puede brindar oportunidades para hacer frente a la desigualdad de género y la
discriminación;
12.
Pide que la igualdad de género, el empoderamiento de la mujer y los
derechos humanos de las mujeres y las niñas se consideren un objetivo independiente y se
integren e incorporen en todos los objetivos de desarrollo sostenible de la agenda para el
desarrollo después de 2015, entre otras cosas mediante metas e indicadores;
13.
Exhorta a los Estados a que adopten medidas concretas para eliminar todas
las formas de discriminación contra las mujeres y las niñas, orientadas a lograr la igualdad
de género y el empoderamiento de la mujer en todos los niveles de los procesos de
adopción de decisiones en los planos económico y social, especialmente en tiempos de
crisis económicas y financieras, y a que promuevan la participación de las mujeres en la
construcción del Estado;
14.
Destaca la necesidad de acelerar los esfuerzos para eliminar todas las formas
de violencia contra las mujeres y las niñas, en particular en la vida económica y social,
como la violencia de género y el acoso sexual contra las mujeres en la esfera pública, por
ejemplo en el transporte y los servicios públicos, el lugar de trabajo, las instituciones de
enseñanza y el ciberespacio, para luchar contra la impunidad y para garantizar el acceso a
recursos civiles y medios de reparación adecuados, que tengan en cuenta las formas de
discriminación múltiples, concomitantes y exacerbadas;
15.
Reafirma la importancia fundamental del derecho a la educación para el
empoderamiento de las mujeres y las niñas y para el logro de la igualdad y la no
discriminación, y la necesidad de eliminar las leyes y prácticas discriminatorias que
impiden a las niñas terminar sus estudios;
16.
Exhorta a los Estados y alienta a las instituciones de gobernanza económica
mundial y a las empresas a que promuevan el acceso igualitario de las mujeres a los puestos
y procesos decisorios, y los alienta a nombrar y ascender a mujeres a fin de garantizar la
plena participación de la mujer;
17.
Insta a los gobiernos a reconocer la importante función que pueden
desempeñar los medios de comunicación en la eliminación de los estereotipos de género y,
en el marco de la libertad de expresión, a aumentar la participación de las mujeres en toda
clase de medios de comunicación, así como su acceso a estos, y a alentar a dichos medios a
que incrementen los conocimientos de la población acerca de la Plataforma de Acción de
Beijing, los Objetivos de Desarrollo del Milenio, la igualdad de género y el
empoderamiento de las mujeres y las niñas;
18.
Reconoce que la labor de las organizaciones de la sociedad civil, en particular
las organizaciones independientes de mujeres de la sociedad civil, es fundamental para
promover la plena igualdad en todos los aspectos de la vida económica y social y para
eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas, así como contra los defensores de los
derechos humanos de las mujeres, y que, por ello, esas organizaciones necesitan apoyo para
garantizar su sostenibilidad y crecimiento;
19.
Exhorta a todos los Estados a que cooperen con el Grupo de Trabajo y le
presten asistencia en su labor, le proporcionen toda la información necesaria disponible que
les solicite y consideren seriamente la posibilidad de dar una respuesta favorable a sus
solicitudes de visita, a fin de que pueda desempeñar su mandato de manera eficaz;
4
GE.14-08237
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