Naciones Unidas
Asamblea General
A/HRC/RES/44/15
Distr. general
23 de julio de 2020
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
44º período de sesiones
30 de junio a 17 de julio de 2020
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 17 de julio de 2020
44/15.
Las empresas y los derechos humanos: el Grupo de Trabajo sobre
la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales
y otras empresas y la mejora de la rendición de cuentas y el acceso
a la reparación
El Consejo de Derechos Humanos,
Reafirmando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y la
Declaración Universal de Derechos Humanos,
Recordando los tratados internacionales de derechos humanos pertinentes, entre
ellos el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Declaración y el Programa de Acción de
Viena, y recordando también la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos,
los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las
Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos,
Tomando nota con aprecio de la aprobación por el Consejo de Administración de la
Oficina Internacional del Trabajo en marzo de 2017 de la versión revisada de la
Declaración Tripartita de Principios sobre las Empresas Multinacionales y la Política
Social, en la que se tienen en cuenta, entre otras cosas, los Principios Rectores sobre las
Empresas y los Derechos Humanos, así como otros instrumentos pertinentes para la
promoción del programa de las empresas y los derechos humanos,
Recordando la resolución 74/146 de la Asamblea General, de 18 de diciembre
de 2019, relativa a la aplicación de la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los
Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y
las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos creando un entorno seguro y
propicio para los defensores de los derechos humanos y asegurando su protección,
Recordando también las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 8/7, de
18 de junio de 2008, 17/4, de 16 de junio de 2011, 21/5, de 27 de septiembre de 2012,
26/22, de 27 de junio de 2014, 32/10, de 30 de junio de 2016, 35/7, de 22 de junio de 2017,
y 38/13, de 6 de julio de 2018, así como la resolución 2005/69 de la Comisión de Derechos
Humanos, de 20 de abril de 2005, y haciendo notar la resolución 26/9 del Consejo, de 26 de
GE.20-09803 (S)
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