A/HRC/RES/16/7
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
8 de abril de 2011
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
16º período de sesiones
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos*
16/7. Mandato del Relator Especial sobre la violencia contra la
mujer, sus causas y consecuencias
El Consejo de Derechos Humanos,
Reafirmando la resolución 1994/45 de la Comisión de Derechos Humanos, de 4 de
marzo de 1994, en la que la Comisión decidió nombrar un Relator Especial sobre la
violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias,
Reafirmando también la resolución 7/24 del Consejo de Derechos Humanos, de 28
de marzo de 2008,
Reafirmando asimismo la resolución 6/30 del Consejo de Derechos Humanos, de 14
de diciembre de 2007, sobre la integración de los derechos humanos de la mujer en todo el
sistema de las Naciones Unidas, todas las resoluciones de la Comisión de Derechos
Humanos y del Consejo sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, todas las
resoluciones de la Asamblea General relativas a la eliminación de todas las formas de
violencia contra la mujer, y recordando las resoluciones del Consejo de Seguridad sobre la
mujer, la paz y la seguridad,
Recordando las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1, sobre la
construcción institucional del Consejo, y 5/2, sobre el código de conducta para los titulares
de mandatos de los procedimientos especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y
destacando que los titulares de mandatos deberán desempeñar sus funciones de
conformidad con esas resoluciones y sus anexos,
1.
Celebra la labor de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer,
sus causas y consecuencias;
2.
Decide prorrogar el mandato de la Relatora Especial sobre la violencia contra
la mujer, sus causas y consecuencias, por un período de tres años;
* Las resoluciones y decisiones aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos se publicarán en el
informe del Consejo sobre su 16º período de sesiones (A/HRC/16/2), cap. I.
GE.11-12523 (S)
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