Aplicar la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos creando un entorno seguro y propicio para los defensores de los derechos humanos y asegurando su protección (2020), para. 29
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Condena todos los actos de intimidación y represalia, en Internet y fuera de Internet, por parte de agentes estatales y no estatales contra personas, grupos e instituciones, incluso contra los defensores de los derechos humanos y sus representantes legales, asociados y familiares, que tratan de colaborar, colaboran o han colaborado con órganos subregionales, regionales e internacionales, como las Naciones Unidas, sus representantes y mecanismos, en la esfera de los derechos humanos, y exhorta enérgicamente a todos los Estados a hacer efectivo el derecho de toda persona, individualmente o en asociación con otras, a acceder sin trabas a los órganos internacionales, incluidas las Naciones Unidas, sus procedimientos especiales, el mecanismo del examen periódico universal y los órgano s creados en virtud de tratados, así como los mecanismos regionales de derechos humanos, y a comunicarse sin restricciones con ellos;