Situación de los derechos humanos en la República Árabe Siria
A/RES/73/182
Expresando apoyo a la labor llevada a cabo por la Comisión de Investigación,
acogiendo con beneplácito sus informes, condenando enérgicamente la falta de
cooperación de las autoridades sirias con la Comisión de Investigación, reiterando su
decisión de transmitir los informes de la Comisión de Investigación al Consejo de
Seguridad, expresando su agradecimiento a la Comisión de Investigación por sus
sesiones informativas destinadas a los miembros del Consejo de Seguridad y solicitando
que la Comisión de Investigación siga informando a la Asamblea General y a los
miembros del Consejo de Seguridad,
Haciendo notar con seria preocupación la observación de la Comisión de
Investigación de que, desde marzo de 2011, las autoridades sirias han llevado a cabo ataques
generalizados contra la población civil como cuestión de política, incluidos ataques
selectivos contra personas y objetivos protegidos, como las instalaciones médicas y su
personal y vehículos de transporte, y el bloqueo de los convoyes humanitarios, así como
desapariciones forzadas, tortura en centros de detención, ejecuciones sumarias y otras
violaciones y abusos, y recalcando la necesidad de que se examinen esas denuncias y se
reúnan pruebas para que estén disponibles con miras a futuras actividades de rendición de
cuentas,
Condenando enérgicamente la presunta matanza de detenidos en dependencias de
los servicios de inteligencia militar sirios y la práctica generalizada de la desaparición
forzada, la detención arbitraria y el uso de la violencia sexual y por razón de género y
la tortura en los centros de detención a los que se hace referencia en los infor mes de la
Comisión de Investigación, entre ellos la Delegación 215, la Delegación 227, la
Delegación 235, la Delegación 251, la Subdivisión de Investigación del Servicio de
Inteligencia de la Fuerza Aérea en el aeropuerto militar de Mezzeh y la prisión de
Sednaya, así como la práctica denunciada de ahorcamientos masivos por parte de las
autoridades y la presunta matanza de detenidos en hospitales militares, incluidos los
hospitales de Tishrin y Harasta,
Expresando su más profunda preocupación por las conclusiones de la Comisión
de Investigación y también por las denuncias contenidas en las pruebas presentadas por
“Caesar” en enero de 2014 respecto de la tortura y ejecución de personas encarceladas
por las autoridades sirias, y recalcando la necesidad de que esas denuncias y pruebas
similares se reúnan y examinen para que estén disponibles con miras a futuras
actividades de rendición de cuentas,
Recordando las declaraciones hechas por el Secretario General, el Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y los procedimientos
especiales del Consejo de Derechos Humanos en el sentido de que es probable que se
hayan cometido crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra en la República Árabe
Siria, observando las repetidas ocasiones en que el Alto Comisionado ha alentado al
Consejo de Seguridad a remitir la situación a la Corte Penal Internacional y lamentando
que no se haya aprobado un proyecto de resolución 35 pese al amplio apoyo de los
Estados Miembros,
Observando con preocupación la existencia y aplicación de la Ley núm. 10/2018
en la legislación nacional de la República Árabe Siria y medidas similares, que tendrían
un efecto negativo considerable en el derecho de los sirios desplazados por el conflicto
a reclamar sus bienes y regresar a sus hogares en condiciones de seguridad, de manera
voluntaria y digna cuando la situación sobre el terreno lo permita, y pidiendo su
inmediata derogación,
Expresando preocupación porque las resoluciones del Consejo de Seguridad
2139 (2014), 2165 (2014), 2191 (2014), 2254 (2015), 2258 (2015), 2268 (2016),
2286 (2016), 2393 (2017) y 2401 (2018) siguen en gran medida sin aplicarse, y
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S/2014/348.
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