A/RES/73/182 Situación de los derechos humanos en la República Árabe Siria de 2011, en particular mediante el suministro de información y documentos pertinentes, destaca su mandato de cooperar estrechamente con la Comisión de Investigación e insta también al Mecanismo a que haga un esfuerzo especial para garantizar la consulta y la cooperación con las organizaciones de la sociedad civil siria; 31. Acoge con beneplácito los informes del Mecanismo correspondientes a 2017 y 201842 e invita a la Jefa del Mecanismo a preparar los informes del Mecanismo para presentarlos anualmente en el mes de abril al pleno de la Asamblea General, a pa rtir de su septuagésimo tercer período de sesiones, en relación con el tema del programa titulado “Prevención de los conflictos armados”, con los recursos disponibles; 32. Acoge con beneplácito también las contribuciones voluntarias de los Estados Miembros a la financiación del Mecanismo, invita a todos los Estados Miembros a que hagan contribuciones financieras adicionales y observa las medidas adoptadas por el Secretario General en respuesta a la exhortación de que incluya la financiación necesaria para el Mecanismo en su próxima propuesta presupuestaria; 33. Pone de relieve la necesidad de asegurar que todos los responsables de violaciones del derecho internacional humanitario o de violaciones y abusos del derecho de los derechos humanos rindan cuentas de sus actos mediante mecanismos adecuados de justicia penal internos o internacionales que sean imparciales e independientes, de conformidad con el principio de complementariedad, destaca la necesidad de adoptar medidas prácticas para alcanzar ese objetivo y, por esta razón, alienta al Consejo de Seguridad a que adopte medidas adecuadas para asegurar la rendición de cuentas, haciendo notar la importante función que puede desempeñar la Corte Penal Internacional al respecto; 34. Acoge con beneplácito los esfuerzos realizados por algunos Estados para investigar las conductas en la República Árabe Siria y perseguir los delitos de su competencia cometidos en la República Árabe Siria, los alienta a que prosigan sus esfuerzos y compartan la información pertinente con otros Estados de conformidad con su legislación nacional y el derecho internacional y alienta también a otros Estados a que consideren la posibilidad de hacer lo mismo; 35. Deplora el deterioro de la situación humanitaria en la República Árabe Siria e insta a la comunidad internacional a que asuma su responsabilidad de suministrar apoyo financiero urgente para que los países y las comunidades de acogida puedan responder a las crecientes necesidades humanitarias de los refugiados sirios, poniendo de relieve al mismo tiempo el principio de reparto de la carga; 36. Exhorta a todos los miembros de la comunidad internacional, incluidos todos los donantes, a que cumplan sus promesas anteriores y sigan prestando a las Naciones Unidas, sus organismos especializados y otros agentes humanitarios el apoyo que tanto necesitan para proporcionar asistencia humanitaria a los millones de sirios desplazados tanto dentro del país como en los países y comunidades de acogida; 37. Acoge con beneplácito los esfuerzos de los países de fuera de la región que han adoptado medidas y políticas para ayudar y acoger a los refugiados sirios, los alienta a que hagan más y alienta también a otros Estados de fuera de la región a que consideren la posibilidad de aplicar medidas y políticas similares, con miras a brindar protección y asistencia humanitaria a los refugiados sirios; 38. Condena enérgicamente la denegación intencional de asistencia humanitaria a los civiles, venga de donde venga, y en particular la denegación de asistencia médica y la privación de servicios de agua y saneamiento en las zonas civiles, que ha empeorado recientemente, destacando que el derecho internacional prohíbe la práctica de hacer padecer hambre a los civiles como método de guerra, observando en especial la __________________ 42 12/14 A/72/764 y A/73/295. 18-22278

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