18. Exhorta a todos los Estados a que adopten todas las medidas necesarias para garantizar que los niños, sin discriminación alguna, tengan derecho a disfrutar del máximo nivel posible de salud y a que establezcan sistemas de salud y servicios sociales sostenibles, faciliten el acceso a esos sistemas y servicios sin discriminación alguna y presten particular atención a la necesidad de una alimentación y nutrición adecuadas para prevenir las enfermedades y la malnutrición, a la atención sanitaria prenatal y posnatal, a las necesidades especiales de los adolescentes y a la salud reproductiva y sexual;