A/RES/49/22
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Reconociendo la estrecha relación existente entre la reducción de los
desastres y el desarrollo sostenible, relación que se reconoció en la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo y
se tuvo en cuenta en el Programa 21 1/,
Habiendo considerado el Mensaje de Yokohama 2/ y la Estrategia de
Yokohama para un mundo más seguro: directrices para la prevención de los
desastres naturales, la preparación para casos de desastre y la mitigación de
sus efectos 3/, y en particular su Plan de Acción, aprobado por la Conferencia
Mundial sobre la Reducción de los Desastres Naturales, celebrada en Yokohama
(Japón), del 23 al 27 de mayo de 1994, y las recomendaciones e informes de la
Comisión Principal 4/ y de las Comisiones Técnicas 5/ de la Conferencia,
Habiendo considerado asimismo el examen de mitad de período de la
aplicación del Marco Internacional de Acción para el Decenio Internacional
para la Reducción de los Desastres Naturales 6/ y las recomendaciones
formuladas por el Consejo Económico y Social en su período de sesiones
sustantivo de 1994 con el fin de orientar la futura ejecución de las
actividades del Decenio 7/,
Convencida de que cada país tiene la responsabilidad primordial de
proteger a su pueblo, su infraestructura y otros bienes nacionales de los
efectos de los desastres naturales, así como de adoptar medidas para reducir
la vulnerabilidad de la población en las zonas expuestas a riesgos naturales,
Tomando nota de que las medidas de prevención de desastres naturales,
mitigación de sus efectos y preparación para casos de desastre pueden reducir
la necesidad de reaccionar ante los desastres y contribuir a mejorar los
niveles de seguridad, y de que son elementos esenciales de los programas
integrados de gestión de las actividades en casos de desastre,
____________
1/
Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio
Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992,
[A/CONF.151/26/Rev.1 (Vol. I y Vol. I/Corr.1, Vol. II, Vol. III y
Vol. III/Corr.1)] (publicación de las Naciones Unidas, No. de venta: S.93.I.8
y correcciones), vol. I: Resoluciones aprobadas por la Conferencia, resolución
1, anexo II.
2/
Véase A/CONF.172/9, cap. I, anexo II.
3/
Ibíd., cap. I, anexo I.
4/
Ibíd., cap. IV.
5/
Ibíd., cap. V.
6/
Resolución 44/236, anexo.
7/
Resolución 1994/31 del Consejo Económico y Social.
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