El trabajo y el empleo de las personas con discapacidad (2013), para. 05
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Reafirmando además el derecho al trabajo, consagrado en el artículo 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que establece que toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, así como, entre otras cosas, las obligaciones contraídas por los Estados partes en virtud de los artículos 6 y 7 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el artículo 11 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y, más recientemente y en relación con las personas con discapacidad, el artículo 27 de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad,