A/RES/57/186 Naciones Unidas Distr. general 4 de febrero de 2003 Asamblea General Quincuagésimo séptimo período de sesiones Tema 104 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/57/551)] 57/186. Mantenimiento en funciones de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados La Asamblea General, Recordando su resolución 52/104, de 12 de diciembre de 1997, por la que decidió examinar, a más tardar en su quincuagésimo séptimo período de sesiones, las disposiciones relativas a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, con miras a determinar si la Oficina debería seguir en funciones después del 31 de diciembre de 2003, Reconociendo que es necesario realizar una acción internacional concertada en favor de los refugiados y las personas desplazadas de que se ocupa el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, Considerando la destacada labor que ha llevado a cabo la Oficina del Alto Comisionado en lo que respecta a la protección internacional y la asistencia material a los refugiados y las personas desplazadas, así como a la búsqueda de soluciones permanentes a sus problemas, Observando con profundo reconocimiento la manera eficaz en que la Oficina del Alto Comisionado ha venido realizando las distintas tareas humanitarias que le han sido confiadas, 1. Decide mantener en funciones la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados por un nuevo período de cinco años, a partir del 1° de enero de 2004; 2. Decide asimismo examinar a más tardar en su sexagésimo segundo período de sesiones las disposiciones relativas a la Oficina del Alto Comisionado con miras a determinar si la Oficina debe seguir en funciones después del 31 de diciembre de 2008; 3. Decide además examinar en su quincuagésimo octavo período de sesiones las propuestas del Alto Comisionado, a partir del informe que ha de preparar, en consulta con el Comité Ejecutivo del Programa del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y con el Secretario General, sobre el fortalecimiento de la capacidad de la Oficina para el cumplimiento de su mandato. 77ª sesión plenaria 18 de diciembre de 2002 02 55061

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