Lucha contra las tormentas de arena y polvo
A/RES/74/226
Recordando su resolución 66/288, de 27 de julio de 2012, en la que hizo suyo
el documento final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo
Sostenible, titulado “El futuro que queremos”,
Recordando también sus resoluciones 71/229, de 21 de diciembre de 2016,
72/220, de 20 de diciembre de 2017, y 73/233, de 20 de diciembre de 2018, relativas
a la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la
Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en
Particular en África 7,
Tomando nota del Programa Regional de Lucha contra las Tormentas de Arena
y Polvo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y tomando
nota también de otras iniciativas, como la reunión ministerial sobre las tormentas de
arena y polvo que se celebró en Nairobi el 21 de febrero de 2013 en paralelo al
27º período de sesiones del Consejo de Administración/Foro Ambiental Mundial a
Nivel Ministerial del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente,
Recordando la Declaración de Sendái y el Marco de Sendái para la Reducción
del Riesgo de Desastres 2015-2030, aprobados en la Tercera Conferencia Mundial de
las Naciones Unidas sobre la Reducción del Riesgo de Desastres y que la Asamblea
General hizo suyos en su resolución 69/283, de 3 de junio de 2015, y reconociendo
que una de las prioridades de acción del Marco consiste en comprender el riesgo de
desastres para su prevención y mitigación y para la elaboración y aplicación de
medidas adecuadas de preparación y respuesta eficaz en casos de desastre, qu e
continúan menoscabando los esfuerzos para lograr el desarrollo sostenible,
Reconociendo que, sobre la base de la noción de amenaza definida en el Marco
de Acción de Hyogo para 2005-2015: Aumento de la Resiliencia de las Naciones y
las Comunidades ante los Desastres 8, afrontar las amenazas multidimensionales,
incluidas las que representan las tormentas de arena y polvo, contribuye a lograr los
objetivos, las metas y las prioridades de acción establecidas en el Marco de Sendái
para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030,
Destacando la necesidad de que exista cooperación a nivel mundial y regional
con miras a gestionar y mitigar los efectos de las tormentas de arena y polvo mediante
la mejora de los sistemas de alerta temprana y el intercambio de información climática
y meteorológica para pronosticar esas tormentas y afirmando que las medidas de
resiliencia para luchar contra las tormentas de arena y polvo requieren comprender
mejor las graves consecuencias multidimensionales de dichas tormentas, e n particular
el deterioro de la salud, el bienestar y los medios de vida de las personas, el aumento
de la desertificación y la degradación de las tierras, la deforestación, la pérdida de
diversidad biológica y de productividad de la tierra, y sus efectos en el crecimiento
económico sostenible,
Poniendo de relieve la pertinencia de los esfuerzos y la cooperación de los
Estados Miembros en los planos regional e internacional para controlar y reducir los
efectos negativos de las tormentas de arena y polvo en los asentamientos humanos de
regiones vulnerables, tomando nota de la iniciativa de la República Islámica del Irán
de celebrar una reunión regional de ministros del medio ambiente en Teherán el 29 de
septiembre de 2010, acogiendo con beneplácito la celebración de otras reuniones con
la participación activa de todos los países, y tomando nota con aprecio de otras
iniciativas emprendidas por varios países para luchar contra las tormentas de arena y
polvo, especialmente a nivel regional,
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19-22495
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1954, núm. 33480.
A/CONF.206/6, cap. I, resolución 2.
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