A/RES/60/172
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
9 de marzo de 2006
Sexagésimo período de sesiones
Tema 71 c) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 16 de diciembre de 2005
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/60/509/Add.3 y Corr.1)]
60/172. Situación de los derechos humanos en Turkmenistán
La Asamblea General,
Reafirmando que todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas tienen la
obligación de promover y proteger los derechos humanos y las libertades
fundamentales y el deber de cumplir las obligaciones que han contraído en virtud de
los diversos instrumentos internacionales en la materia,
Recordando sus resoluciones 58/194, de 22 de diciembre de 2003, y 59/206, de
20 de diciembre de 2004, y las resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos
2003/11, de 16 de abril de 2003 1, y 2004/12, de 15 de abril de 2004 2,
Tomando conocimiento de la conclusión, en marzo de 2004, de la primera misión
de evaluación de las necesidades de Turkmenistán de la Oficina del Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y de las consultas que se están
realizando para dar forma definitiva a un posible proyecto de cooperación técnica,
Observando con reconocimiento que el Gobierno de Turkmenistán ha recibido
al Presidente en ejercicio y al Alto Comisionado para las Minorías Nacionales de la
Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa,
Acogiendo con beneplácito el informe del Secretario General de 20 de
septiembre de 2005 3, en el que se concluye que, si bien el Gobierno de
Turkmenistán ha logrado ciertos progresos hacia la solución de los problemas de
derechos humanos y se ha mostrado dispuesto a cooperar con la comunidad
internacional en general, no se están produciendo las necesarias mejoras para
solucionar las violaciones graves de los derechos humanos,
Reafirmando que las medidas para mejorar la seguridad y luchar contra el
terrorismo deben aplicarse de conformidad con el derecho internacional, en particular
las normas internacionales de derechos humanos, el derecho internacional
humanitario y el derecho de los refugiados, y los principios democráticos,
_______________
1
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2003, Suplemento No. 3 (E/2003/23),
cap. II, secc. A.
2
Ibíd., 2004, Suplemento No. 3 (E/2004/23), cap. II, secc. A.
3
A/60/367.
05-49795