Naciones Unidas Asamblea General A/HRC/RES/50/22 Distr. general 21 de julio de 2022 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 50º período de sesiones 13 de junio a 8 de julio de 2022 Tema 5 de la agenda Órganos y mecanismos de derechos humanos Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 8 de julio de 2022 50/22. El Foro Social El Consejo de Derechos Humanos, Recordando todas las resoluciones y decisiones anteriores sobre el Foro Social aprobadas por la Comisión de Derechos Humanos y su Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, por el Consejo Económico y Social y por el Consejo de Derechos Humanos, Recordando también la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos, de 18 de junio de 2007, Reafirmando la singular naturaleza que tiene el Foro Social en el seno de las Naciones Unidas, que hace posible el diálogo y el intercambio entre los representantes de los Estados Miembros y la sociedad civil, incluidas las organizaciones de base y las organizaciones intergubernamentales, y destacando que en el actual proceso de reforma de las Naciones Unidas se debe tener en cuenta la contribución del Foro como espacio vital para el diálogo abierto y fructífero sobre las cuestiones relacionadas con el entorno nacional e internacional necesario para la promoción del disfrute de todos los derechos humanos por todas las personas, 1. Reafirma que el Foro Social es un espacio único para el diálogo interactivo entre los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas y los distintos interesados, incluida la aportación de la sociedad civil y las organizaciones de base, y destaca la necesidad de lograr una mayor participación de las organizaciones de base y de las personas que viven en la pobreza, en particular las mujeres, sobre todo de países en desarrollo, en los períodos de sesiones del Foro; 2. Subraya la importancia de coordinar la labor a nivel nacional, regional e internacional para promover la cohesión social basada en los principios de justicia social, equidad y solidaridad, y de tomar en consideración la dimensión social y los desafíos del proceso de globalización en curso, así como los efectos negativos de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19); 3. Destaca la necesidad de una participación y contribución más amplias y sostenidas de la sociedad civil y de todas las demás entidades pertinentes mencionadas en la presente resolución con objeto de lograr la promoción y la plena efectividad del derecho al desarrollo; GE.22-11096 (S) 230822 240822

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