Naciones Unidas Asamblea General A/RES/63/57 Distr. general 12 de enero de 2009 Sexagésimo tercer período de sesiones Tema 89 g) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 2 de diciembre de 2008 [sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/63/389)] 63/57. Información sobre medidas de fomento de la confianza en la esfera de las armas convencionales La Asamblea General, Guiada por los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, Teniendo presente la contribución que hacen al mejoramiento de la situación global de la paz y la seguridad internacionales las medidas de fomento de la confianza en la esfera de las armas convencionales adoptadas por iniciativa de los Estados interesados y con su acuerdo, Convencida de que la relación entre la elaboración de medidas de fomento de la confianza en la esfera de las armas convencionales y el entorno de la seguridad internacional también puede reforzarse, Considerando el importante papel que las medidas de fomento de la confianza en la esfera de las armas convencionales también pueden desempeñar en la creación de condiciones favorables para el progreso en la esfera del desarme, Reconociendo que el intercambio de información sobre medidas de fomento de la confianza en la esfera de las armas convencionales contribuye al entendimiento y la confianza mutuos entre los Estados Miembros, Recordando sus resoluciones 59/92, de 3 de diciembre de 2004, 60/82, de 8 de diciembre de 2005, y 61/79, de 6 de diciembre de 2006, 1. Acoge con beneplácito todas las medidas de fomento de la confianza en la esfera de las armas convencionales ya adoptadas por los Estados Miembros, así como la información proporcionada voluntariamente sobre tales medidas; Alienta a los Estados Miembros a continuar adoptando medidas de 2. fomento de la confianza en la esfera de las armas convencionales y a proporcionar información en tal sentido; Alienta también a los Estados Miembros a continuar el diálogo sobre 3. medidas de fomento de la confianza en la esfera de las armas convencionales; 4. Acoge con satisfacción el establecimiento de la base de datos electrónica con información proporcionada por los Estados Miembros, y pide al Secretario General que mantenga la base actualizada y preste asistencia a los Estados 08-47424

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