Naciones Unidas Asamblea General A/RES/56/257 Distr. general 12 de febrero de 2002 Quincuagésimo sexto período de sesiones Tema 123 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/56/736)] 56/257. Fondo de operaciones para el bienio 2002-2003 La Asamblea General Resuelve que: 1. El Fondo de Operaciones para el bienio 2002-2003 se fije en 100 millones de dólares de los Estados Unidos; 2. Los Estados Miembros efectúen anticipos al Fondo de Operaciones con arreglo a la escala aprobada por la Asamblea General para las cuotas de los Estados Miembros correspondientes al presupuesto del año 2002; 3. De esta asignación de anticipos se deduzcan: a) Los saldos acreedores de los Estados Miembros por concepto de transferencias efectuadas en 1959 y 1960 de la cuenta de superávit al Fondo de Operaciones por un importe ajustado de 1.025.092 dólares; b) Los anticipos en efectivo efectuados por los Estados Miembros al Fondo de Operaciones para el bienio 2000-2001 de conformidad con la resolución 54/253 de la Asamblea General, de 23 de diciembre de 1999; 4. Si los saldos acreedores y los anticipos de un Estado Miembro al Fondo de Operaciones para el bienio 2000-2001 excedieran del monto del anticipo que ese Estado Miembro debe efectuar con arreglo a las disposiciones del párrafo 2 supra, el excedente se deduzca del monto de las cuotas pagaderas por el Estado Miembro con respecto al bienio 2002-2003; 5. El Secretario General queda autorizado para anticipar con cargo al Fondo de Operaciones: a) Las sumas necesarias para financiar las consignaciones presupuestarias hasta que se recauden las cuotas; las sumas anticipadas serán reembolsadas tan pronto como se disponga para ese fin de ingresos procedentes de las cuotas; b) Las sumas necesarias para financiar los compromisos de gastos debidamente autorizados en virtud de las resoluciones aprobadas por la Asamblea General, en particular la resolución 56/256, de 24 de diciembre de 2001, relativa a los gastos imprevistos y extraordinarios; el Secretario General incluirá en las estimaciones presupuestarias las partidas necesarias para la restitución de esas sumas al Fondo de Operaciones; 01 49733

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