A/HRC/RES/55/3 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 4 de abril de 2024 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 55º período de sesiones 26 de febrero a 5 de abril de 2024 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 3 de abril de 2024 55/3. Mandato de la Relatoría Especial sobre el derecho a la privacidad El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Reafirmando los derechos humanos y las libertades fundamentales consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Recordando todas las resoluciones anteriores aprobadas por la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos relativas al derecho a la privacidad en la era digital, y otras resoluciones pertinentes, incluidas las relativas a la promoción, protección y disfrute de los derechos humanos en Internet y a las tecnologías digitales nuevas y emergentes y los derechos humanos, Recordando también que las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos establecidos en los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos: Puesta en Práctica del Marco de las Naciones Unidas para “Proteger, Respetar y Remediar”, y que la obligación y la responsabilidad primordial de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales incumben al Estado, Acogiendo con beneplácito la labor de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre el derecho a la privacidad en la era digital y el trabajo del Relator Especial sobre el derecho a la privacidad, Reconociendo la creciente repercusión que las tecnologías nuevas y emergentes, como las surgidas en el ámbito de la vigilancia, la inteligencia artificial, la adopción automatizada de decisiones y el aprendizaje automático, así como la elaboración de perfiles, el rastreo y la biometría, incluido el reconocimiento facial, tienen cuando no cuentan con las salvaguardas debidas en el disfrute del derecho a la privacidad y otros derechos humanos, GE.24-06163 (S) 220424 220424

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