21. Reitera la importancia de la coordinación constante entre las Relatoras Especiales del Consejo de Derechos Humanos sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, sobre la venta y la explotación sexual de niños, incluidos la prostitución infantil, la utilización de niños en la pornografía y demás material que muestre abusos sexuales de niños, y sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, entre otras instancias, para que no se dupliquen innecesariamente las actividades que llevan a cabo en el desempeño de sus respectivos mandatos;