A/RES/55/32
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
3 de enero de 2001
Quincuagésimo quinto período de sesiones
Tema 72 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/55/558)]
55/32.
Prevención de una carrera de armamentos en el espacio ultraterrestre
La Asamblea General,
Reconociendo el interés común de toda la humanidad en la exploración y
utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos,
Reafirmando la determinación de todos los Estados de que la exploración y
utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, tengan
fines pacíficos y se realicen en beneficio e interés de todos los países,
independientemente de su grado de desarrollo económico o científico,
Reafirmando también las disposiciones de los artículos III y IV del Tratado
sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración
y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes 1,
Recordando la obligación de todos los Estados de observar las disposiciones de
la Carta de las Naciones Unidas en lo que respecta a la amenaza o el uso de la fuerza
en sus relaciones internacionales, incluso en sus actividades espaciales,
Reafirmando el párrafo 80 del Documento Final del décimo período
extraordinario de sesiones de la Asamblea General 2, en el que se declara que, para
evitar una carrera de armamentos en el espacio ultraterrestre, deberían adoptarse
nuevas medidas y celebrarse negociaciones internacionales apropiadas en
consonancia con el espíritu del Tratado,
Recordando sus resoluciones anteriores sobre la cuestión y tomando nota de
las propuestas presentadas a la Asamblea General en su décimo período
extraordinario de sesiones y en sus períodos ordinarios de sesiones, así como de las
recomendaciones hechas a los órganos competentes de las Naciones Unidas y a la
Conferencia de Desarme,
Reconociendo que la prevención de la carrera de armamentos en el espacio
ultraterrestre conjuraría un grave peligro para la paz y la seguridad internacionales,
Destacando la importancia primordial de que se respeten estrictamente los
acuerdos existentes sobre limitación de armamentos y sobre desarme relativos al
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Resolución 2222 (XXI), anexo.
Resolución S–10/2.