A/RES/76/170
Instituciones nacionales de derechos humanos
y reparación de las violaciones de los derechos humanos, la divulgación de
información sobre esos derechos y la educación en materia de derechos humanos,
Reconociendo el importante papel que desempeñan las instituciones nacionales
de derechos humanos en el análisis de las consecuencias de la pandemia de
enfermedad por coronavirus (COVID-19) para los derechos humanos, pues entre otras
cosas ofrecen orientación a los Estados sobre la manera de garantizar la promoción y
protección de los derechos humanos en respuesta a la pandemia, examinan y vigilan
la situación, sensibilizan a la opinión pública, por ejemplo facilitand o información
precisa y oportuna, trabajan para proteger a las personas y los grupos en situación de
vulnerabilidad y cooperan con la sociedad civil, los titulares de derechos y otras partes
interesadas, y alentando a los Estados a que cooperen con sus respectivas instituciones
nacionales de derechos humanos y a que se aseguren de que esas instituciones puedan
cumplir efectivamente sus mandatos y funciones, sobre todo garantizando que se les
asignen recursos adecuados,
Acogiendo con beneplácito el papel que han desempeñado la Alianza Global de
las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos y sus redes regionales al prestar
apoyo a las instituciones nacionales de derechos humanos para que cumplan sus
mandatos en el contexto de la COVID-19 y el apoyo prestado por la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el Programa de
las Naciones Unidas para el Desarrollo, y tomando nota del estudio de investigación
sobre el papel de las instituciones nacionales de derechos humanos en respuesta a la
COVID-19 publicado por la alianza tripartita entre la Oficina del Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Programa de las Naciones
Unidas para el Desarrollo y la Alianza Global,
Reconociendo que la promoción y protección de los derechos humanos y la
implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 5 están relacionadas
entre sí y se refuerzan mutuamente, y reconociendo también que la Agenda 2030 para
el Desarrollo Sostenible conlleva la promesa de no dejar a nadie atrás y prevé la
universalidad del respeto y la promoción de los derechos humanos y la dignidad
humana, el estado de derecho, la justicia, la igualdad y la no discriminación,
Reconociendo también la importancia de las contribuciones independientes que
hacen las instituciones nacionales de derechos humanos a la promoción y protección
de todos los derechos humanos, incluidos, de conformidad con sus respectivos
mandatos, los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos, en
particular en el contexto de la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible, que trata, entre otras tareas, de hacer realidad los derechos humanos de
todas las personas, sin discriminación por motivo alguno,
Reafirmando la importancia de establecer y fortalecer instituciones nacionales
de derechos humanos independientes y pluralistas de conformidad con los Principios
de París, y acogiendo con beneplácito el interés cada vez mayor que ello suscita en
todo el mundo,
Recordando que la existencia de instituciones nacionales independientes de
derechos humanos establecidas en consonancia con los Principios de París es un
indicador mundial de los progresos realizados para lograr la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible, reconociendo que las instituciones nacionales de derechos
humanos de todas las regiones han hecho importantes contribuciones para el logro de
la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, y tomando nota del informe del
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Resolución 70/1.
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