Naciones Unidas Asamblea General A/HRC/RES/41/14 Distr. general 19 de julio de 2019 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 41er período de sesiones 24 de junio a 12 de julio de 2019 Tema 3 de la agenda Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 11 de julio de 2019 41/14. Igualdad de remuneración El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por la Carta de las Naciones Unidas, Reafirmando la obligación de todos los Estados de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, y afirmando también que todas las formas de discriminación, incluida la discriminación contra la mujer y la niña, son contrarias a la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial y otros instrumentos de derechos humanos, Reconociendo la importancia de los principales convenios y normas de igualdad de género de la Organización Internacional del Trabajo, su programa de trabajo decente y su Declaración relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, y acogiendo con beneplácito a este respecto su Declaración del Centenario y su Convenio sobre la Violencia y el Acoso, 2019 (núm. 190) celebrado recientemente, Reafirmando el compromiso asumido de lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y niñas que figura en los documentos finales de las conferencias y cumbres internacionales pertinentes, en particular la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, y los documentos finales de sus conferencias de examen, Recordando que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible responde a la necesidad de lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y niñas, con el fin de asegurar que no se deje a nadie atrás, y que la incorporación sistemática de una perspectiva de género en la implementación de la Agenda 2030 es crucial, Recordando también el compromiso de lograr el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todas las mujeres y los hombres, incluidos los jóvenes y las personas con discapacidad, así como la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor, que figura en los Objetivos de Desarrollo Sostenible 5 y 8, en particular en la meta 8.5, GE.19-12379 (S) 270819  270819

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