Naciones Unidas
Asamblea General
A/HRC/RES/41/14
Distr. general
19 de julio de 2019
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
41er período de sesiones
24 de junio a 12 de julio de 2019
Tema 3 de la agenda
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 11 de julio de 2019
41/14.
Igualdad de remuneración
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por la Carta de las Naciones Unidas,
Reafirmando la obligación de todos los Estados de promover y proteger todos los
derechos humanos y las libertades fundamentales, y afirmando también que todas las
formas de discriminación, incluida la discriminación contra la mujer y la niña, son
contrarias a la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos
Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la Eliminación de Todas
las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño,
la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención
Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial y otros
instrumentos de derechos humanos,
Reconociendo la importancia de los principales convenios y normas de igualdad de
género de la Organización Internacional del Trabajo, su programa de trabajo decente y su
Declaración relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, y acogiendo
con beneplácito a este respecto su Declaración del Centenario y su Convenio sobre la
Violencia y el Acoso, 2019 (núm. 190) celebrado recientemente,
Reafirmando el compromiso asumido de lograr la igualdad de género y el
empoderamiento de todas las mujeres y niñas que figura en los documentos finales de las
conferencias y cumbres internacionales pertinentes, en particular la Declaración y
Plataforma de Acción de Beijing y el Programa de Acción de la Conferencia Internacional
sobre la Población y el Desarrollo, y los documentos finales de sus conferencias de examen,
Recordando que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible responde a la
necesidad de lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y
niñas, con el fin de asegurar que no se deje a nadie atrás, y que la incorporación sistemática
de una perspectiva de género en la implementación de la Agenda 2030 es crucial,
Recordando también el compromiso de lograr el empleo pleno y productivo y el
trabajo decente para todas las mujeres y los hombres, incluidos los jóvenes y las personas
con discapacidad, así como la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor, que
figura en los Objetivos de Desarrollo Sostenible 5 y 8, en particular en la meta 8.5,
GE.19-12379 (S)
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