A/HRC/RES/24/35
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
8 de octubre de 2013
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
24º período de sesiones
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos*
24/35. Repercusiones de las transferencias de armas en los
derechos humanos durante los conflictos armados
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos
Humanos,
Reafirmando que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la
seguridad de su persona, y que tiene derecho a un orden social e internacional en el que los
derechos y libertades proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos se
hagan plenamente efectivos,
Recordando el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,
el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención para la Prevención y
la Sanción del Delito de Genocidio, los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949, sus
Protocolos adicionales de 8 de junio de 1977, otros instrumentos de derecho internacional
de los derechos humanos y de derecho internacional humanitario, así como la Declaración y
el Programa de Acción de Viena,
Recordando también la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo
de 2006, las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1 y 5/2 y su decisión 5/101,
de 18 de junio de 2007, y la resolución 16/21 del Consejo, de 25 de marzo de 2011,
Recordando en particular que el Consejo de Derechos Humanos tiene, entre otros,
el mandato de servir de foro para el diálogo sobre cuestiones temáticas relativas a todos los
derechos humanos,
Reconociendo que millones de personas de todo el mundo se ven afectadas por
violaciones y vulneraciones sistemáticas de los derechos humanos durante los conflictos
armados,
* Las resoluciones y decisiones aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos se publicarán en el
informe del Consejo sobre su 24º período de sesiones (A/HRC/24/2), Primera parte.
GE.13-18037 (S)
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