A/RES/57/318 se asignarían según las necesidades, teniendo presente que siempre que concluya o se ajuste el mandato de una misión deberá ajustarse en consecuencia el número de puestos de auditores; 18. Decide que cualquier puesto sufragado con cargo a la cuenta de apoyo que quede vacante, así como cualquier puesto nuevo que no se cubra en doce meses a partir de la fecha de su creación, deberá justificarse en las solicitudes presupuestarias subsiguientes, y pide al Secretario General que le informe en su quincuagésimo noveno período de sesiones de la aplicación de esta decisión; 19. Pide al Secretario General que incluya en el próximo informe sobre la cuenta de apoyo detalles sobre la reclasificación de puestos en categorías superiores o inferiores y un desglose de los nombramientos para ocupar puestos reclasificados en categorías superiores en los dos años anteriores, así como un desglose entre candidatos internos y externos, y que en adelante presente esos datos anualmente; 20. Decide que la titular del puesto de asesora en cuestiones de género se ocupe de todas las actividades de apoyo operacional y todas las actividades conexas relacionadas con la ejecución de los mandatos de las diversas operaciones de mantenimiento de la paz en el ámbito de la incorporación de una perspectiva de género, incluidas las actividades relacionadas con las operaciones sobre el terreno de cada misión de mantenimiento de la paz; 21. Afirma que la Oficina de la Asesora Especial en Cuestiones de Género y Adelanto de la Mujer es la entidad competente para incorporar una perspectiva de género en las Naciones Unidas en su conjunto y es responsable de formular políticas según los mandatos de los órganos intergubernamentales y, a ese respecto, pide al Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz que establezca un mecanismo viable y efectivo de estrecha coordinación con la Asesora Especial, velando por que todos los planes de acción sobre la incorporación de una perspectiva de género en las operaciones de mantenimiento de la paz sean coherentes con los mandatos vigentes; 22. Destaca que la creación de un puesto de asesora en cuestiones de género en la Dependencia de Prácticas Recomendadas del Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz no constituye un precedente que deban seguir otros departamentos ni ha de dar lugar por sí misma al establecimiento de una dependencia de cuestiones de género en el Departamento, y destaca también la importancia de que no se dupliquen funciones o capacidades que ya existen en otras partes de la Secretaría; 23. Decide examinar la creación y la categoría del puesto de asesora en cuestiones de género en el contexto del párrafo 14 supra; 24. Pide al Secretario General que le informe en la continuación de su quincuagésimo octavo período de sesiones por conducto de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna acerca de los casos procesados por los investigadores regionales; 25. Decide crear, a título experimental, un puesto de categoría P-4 en la División de Fiscalización, Evaluación y Consultoría de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna para que desempeñe funciones de supervisión de los aspectos militares de las operaciones de mantenimiento de la paz y decide también no aprobar la suma correspondiente a seis meses de servicios de consultoría de los tres expertos mencionados en el párrafo 70 del informe de la Comisión Consultiva8; 4

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos