A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/212
23 de enero de 1997
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 119 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/51/747)]
51/212.
Escala de cuotas para el prorrateo de los
gastos de las Naciones Unidas
La Asamblea General,
Reafirmando el Artículo 19 de la Carta de las Naciones Unidas,
Recordando su resolución 50/207 B, de 11 de abril de 1996, relativa a la
aplicación del Artículo 19 de la Carta,
1.
Toma nota
General, antes de que
sobre los aspectos de
presentadas en virtud
Naciones Unidas;
de que la Comisión de Cuotas informará a la Asamblea
concluya su quincuagésimo primer período de sesiones,
procedimiento del examen de las solicitudes de exención
de lo dispuesto en el Artículo 19 de la Carta de las
2.
Hace suya la conclusión de la Comisión de Cuotas de que el hecho
de que las Comoras no hubiesen pagado la cantidad mínima necesaria para evitar
que se les aplicara el Artículo 19 de la Carta obedeció a circunstancias
ajenas a su voluntad1;
3.
Decide que, en consecuencia, se permita que las Comoras voten
durante el quincuagésimo primer período de sesiones de la Asamblea General y
que toda prórroga que se solicite estará sujeta al examen de la Comisión de
Cuotas.
89a. sesión plenaria
18 de diciembre de 1996
1
Véase A/50/11/Add.2 y Corr.1, párr. 12; véase Documentos Oficiales de
la Asamblea General, quincuagésimo período de sesiones, Suplemento No. 11A.
97-76240