Informe del Consejo de Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente sobre su primer período de sesiones de carácter universal y la aplicación de la sección IV.C del documento final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, titulada “El pilar ambiental en el contexto del desarrollo sostenible” A/RES/68/215 el Desarrollo Sostenible, titulada “El pilar ambiental en el contexto del desarrollo sostenible”, Recordando también su resolución 67/251, de 13 de marzo de 2013, relativa al cambio de la designación del Consejo de Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Reafirmando la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo 4 y sus principios, Teniendo en cuenta el Programa 21 5 y el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (Plan de Aplicación de las Decisiones de Johannesburgo) 6, Recordando el Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 7, Recordando también el Plan Estratégico de Bali para el Apoyo Tecnológico y la Creación de Capacidad 8, Empeñada en fortalecer la gobernanza ambiental internacional en el contexto del marco institucional para el desarrollo sostenible a fin de promover la integración equilibrada de las dimensiones económica, social y ambiental del desarrollo sostenible, así como la coordinación en el sistema de las Naciones Unidas, Empeñada también en aumentar la influencia del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y su capacidad para cumplir su mandato de coordinación dentro del sistema de las Naciones Unidas reforzando su participación en los principales órganos de coordinación de las Naciones Unidas y dotándolo de los medios necesarios para llevar la iniciativa en la formulación de estrategias sobre el medio ambiente para todo el sistema de las Naciones Unidas; Recordando el documento final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, celebrada en Río de Janeiro (Brasil) del 20 al 22 de junio de 2012, titulado “El futuro que queremos” 9, en que se invitó a la Asamblea General a que en su sexagésimo séptimo período de sesiones aprobara una resolución que fortaleciera el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y elevara su nivel, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 88, apartados a) a h) del documento final, Reiterando la necesidad de que el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente disponga de recursos financieros seguros, estables, suficientes y previsibles y, de conformidad con su resolución 2997 (XXVII), subrayando la necesidad de reflejar adecuadamente todos los gastos administrativos y de gestión del Programa en el presupuesto ordinario de las Naciones Unidas, 1. Acoge con beneplácito la celebración del primer período de sesiones de carácter universal del Consejo de Administración/Foro Ministerial Mundial sobre el _______________ 4 Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992, vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.93.I.8 y corrección), resolución 1, anexo I. 5 Ibid., anexo II. 6 Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, Johannesburgo (Sudáfrica), 26 de agosto a 4 de septiembre de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.03.II.A.1 y correcciones), cap. I, resolución 2, anexo. 7 Resolución 60/1. 8 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, documento UNEP/GC.23/6/Add.1 y Corr.1, anexo. 9 Resolución 66/288, anexo. 2/5

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