7. Insta a los Estados a que tomen todas las medidas que procedan para combatir el uso indebido de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, incluida la Internet, para la trata de niños y para cualquier forma de explotación y abuso sexual, en particular la venta de niños, la prostitución infantil, la utilización de niños en la pornografía, la explotación de niños en el turismo sexual, los actos de pedofilia y otras forma de violencia y abuso contra los niños y los adolescentes, y observa que el uso de tales tecnologías también puede contribuir a prevenir y erradicar esos fenómenos;