A/RES/60/188
Acogiendo con beneplácito el Diálogo de alto nivel sobre la financiación para
el desarrollo, celebrado en Nueva York los días 27 y 28 de junio de 2005, y la
reunión separada sobre la financiación para el desarrollo, celebrada el 14 de
septiembre de 2005 en el marco de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea
General,
Habiendo examinado el resumen del Presidente de la Asamblea General del
Diálogo de alto nivel sobre la financiación para el desarrollo 6,
Reafirmando la adhesión a la alianza mundial para el desarrollo formulada en
la Declaración del Milenio 7, el Consenso de Monterrey de la Conferencia
Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo 8, el Plan de Aplicación de las
Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (“Plan de
Aplicación de las Decisiones de Johannesburgo”) 9 y el Documento Final de la
Cumbre Mundial 2005,
Reafirmando también que cada país debe asumir la responsabilidad primordial
de su propio desarrollo y que nunca se insistirá lo suficiente en la importancia de las
políticas y estrategias nacionales para lograr el desarrollo sostenible, y
reconociendo que las iniciativas nacionales deben estar complementadas por
programas, medidas y políticas mundiales de apoyo encaminados a ampliar las
oportunidades de desarrollo de los países en desarrollo, que a su vez tengan en
cuenta las circunstancias nacionales y aseguren el respeto de las estrategias, el
control y la soberanía nacionales,
Reconociendo las iniciativas, las contribuciones y las deliberaciones
internacionales en curso, como la iniciativa “Acción contra el hambre y la pobreza”,
encaminadas a encontrar y elaborar posibles mecanismos innovadores y adicionales
de financiación para el desarrollo de todas las fuentes, públicas y privadas, internas
y externas, que aumenten y complementen las fuentes tradicionales de financiación
en el marco general del seguimiento de la Conferencia Internacional sobre la
Financiación para el Desarrollo, reconociendo que algunas de esas fuentes y su uso
entran en el ámbito de la acción soberana,
Subrayando que, como consecuencia de la interdependencia cada vez mayor
de las economías nacionales en la economía globalizada y la emergencia de
regímenes basados en normas para las relaciones económicas internacionales han
significado que el margen de acción de la política económica nacional, es decir, el
alcance de las políticas internas, especialmente en materia de comercio, inversión y
desarrollo industrial, ahora está enmarcado a menudo por disciplinas y compromisos
internacionales y consideraciones relativas al mercado mundial; que cada gobierno
debe evaluar en qué medida los beneficios de aceptar las normas y compromisos
internacionales compensan las limitaciones que plantea la pérdida del margen de
acción; y que es particularmente importante para los países en desarrollo, teniendo
presentes las metas y objetivos de desarrollo, que todos los países tengan en cuenta
_______________
6
A/60/219.
Véase la resolución 55/2.
8
Informe de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, Monterrey (México),
18 a 22 de marzo de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.02.II.A.7), cap. I,
resolución 1, anexo.
9
Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, Johannesburgo (Sudáfrica), 26 de agosto
a 4 de septiembre de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.03.II.A.1 y
corrección), cap. I, resolución 2, anexo.
7
2