A/RES/60/188 Acogiendo con beneplácito el Diálogo de alto nivel sobre la financiación para el desarrollo, celebrado en Nueva York los días 27 y 28 de junio de 2005, y la reunión separada sobre la financiación para el desarrollo, celebrada el 14 de septiembre de 2005 en el marco de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General, Habiendo examinado el resumen del Presidente de la Asamblea General del Diálogo de alto nivel sobre la financiación para el desarrollo 6, Reafirmando la adhesión a la alianza mundial para el desarrollo formulada en la Declaración del Milenio 7, el Consenso de Monterrey de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo 8, el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (“Plan de Aplicación de las Decisiones de Johannesburgo”) 9 y el Documento Final de la Cumbre Mundial 2005, Reafirmando también que cada país debe asumir la responsabilidad primordial de su propio desarrollo y que nunca se insistirá lo suficiente en la importancia de las políticas y estrategias nacionales para lograr el desarrollo sostenible, y reconociendo que las iniciativas nacionales deben estar complementadas por programas, medidas y políticas mundiales de apoyo encaminados a ampliar las oportunidades de desarrollo de los países en desarrollo, que a su vez tengan en cuenta las circunstancias nacionales y aseguren el respeto de las estrategias, el control y la soberanía nacionales, Reconociendo las iniciativas, las contribuciones y las deliberaciones internacionales en curso, como la iniciativa “Acción contra el hambre y la pobreza”, encaminadas a encontrar y elaborar posibles mecanismos innovadores y adicionales de financiación para el desarrollo de todas las fuentes, públicas y privadas, internas y externas, que aumenten y complementen las fuentes tradicionales de financiación en el marco general del seguimiento de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, reconociendo que algunas de esas fuentes y su uso entran en el ámbito de la acción soberana, Subrayando que, como consecuencia de la interdependencia cada vez mayor de las economías nacionales en la economía globalizada y la emergencia de regímenes basados en normas para las relaciones económicas internacionales han significado que el margen de acción de la política económica nacional, es decir, el alcance de las políticas internas, especialmente en materia de comercio, inversión y desarrollo industrial, ahora está enmarcado a menudo por disciplinas y compromisos internacionales y consideraciones relativas al mercado mundial; que cada gobierno debe evaluar en qué medida los beneficios de aceptar las normas y compromisos internacionales compensan las limitaciones que plantea la pérdida del margen de acción; y que es particularmente importante para los países en desarrollo, teniendo presentes las metas y objetivos de desarrollo, que todos los países tengan en cuenta _______________ 6 A/60/219. Véase la resolución 55/2. 8 Informe de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, Monterrey (México), 18 a 22 de marzo de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.02.II.A.7), cap. I, resolución 1, anexo. 9 Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, Johannesburgo (Sudáfrica), 26 de agosto a 4 de septiembre de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.03.II.A.1 y corrección), cap. I, resolución 2, anexo. 7 2

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