Soberanía permanente del pueblo palestino en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y de la población árabe en el Golán sirio ocupado sobre sus recursos naturales (2019), para. 32
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5. Exhorta a Israel, la Potencia ocupante, a que cumpla estrictamente las obligaciones que le impone el derecho internacional, en particular el derecho internacional humanitario, y a que ponga fin de inmediato y por completo a todas las políticas y medidas dirigidas a alterar el carácter y el estatuto del Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental;