A/RES/67/87
Naciones Unidas
Distr. general
26 de marzo de 2013
Asamblea General
Sexagésimo séptimo período de sesiones
Tema 70 a) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 13 de diciembre de 2012
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/67/L.39 y Add.1)]
67/87.
Fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria
de emergencia que prestan las Naciones Unidas
La Asamblea General,
Reafirmando su resolución 46/182, de 19 de diciembre de 1991, y los
principios rectores que figuran en su anexo, así como las demás resoluciones
pertinentes de la Asamblea General y del Consejo Económico y Social y las
conclusiones convenidas del Consejo,
Observando el informe del Secretario General sobre el fortalecimiento de la
coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia que prestan las Naciones
Unidas 1 y sobre el Fondo Central para la Acción en Casos de Emergencia 2,
Reafirmando los principios de neutralidad, humanidad, imparcialidad e
independencia en la prestación de asistencia humanitaria y reafirmando también la
necesidad de que todos los agentes que participan en la prestación de asistencia
humanitaria en situaciones complejas de emergencia y desastres naturales
promuevan y respeten plenamente estos principios,
Profundamente preocupada por problemas mundiales como las adversas
repercusiones de la crisis financiera y económica mundial y las negativas
repercusiones de la inestabilidad excesiva de los precios de los alimentos en la
seguridad alimentaria y la nutrición, así como por sus efectos en la creciente
vulnerabilidad de la población y sus repercusiones en la necesidad de asistencia
humanitaria y su suministro,
Poniendo de relieve la necesidad de movilizar recursos suficientes,
predecibles, oportunos y flexibles para la prestación de asistencia humanitaria
basándose en la evaluación de las necesidades y en proporción con ellas, a fin de
asegurar una cobertura más completa de las necesidades de todos los sectores y de
todas las emergencias humanitarias, y reconociendo, en este sentido, los logros del
Fondo Central para la Acción en Casos de Emergencia,
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1
2
A/67/89-E/2012/77.
A/67/361.
12-48385S
*1248385*
Se ruega reciclar