El derecho a la alimentación (2018), para. 35
Párrafo- Document
- Paragraph text
- 7. Alienta a todos los Estados a que incorporen sistemáticamente una perspectiva de género en los programas de seguridad alimentaria y a que adopten medidas para combatir la desigualdad entre los géneros y la discriminación de la mujer que existen de jure y de facto, en particular cuando dicha desigualdad y discriminación contribuyen a la malnutrición de las mujeres y las niñas, entre otras vías adoptando medidas para lograr la realización plena y en condiciones de igualdad del derecho a la alimentación y para asegurar a las mujeres y las niñas igual acceso a la protección social y los recursos, incluidos los ingresos, las tierras y el agua, y a su propiedad, así como el acceso pleno y en condiciones de igualdad a la atención de salud, la educación, la ciencia y la tecnología, para que puedan alimentarse y alimentar a sus familias y, a este respecto, insiste en la necesidad de empoderar a la mujer y reforzar su papel en la adopción de decisiones;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Food & Nutrition
- Gender
- Health
- Personas afectadas
- Girls
- Women
- Paragraph number
- 35
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