Acción preventiva y lucha contra las prácticas corruptas y la transferencia de activos de origen ilícito y repatriación de esos activos, en particular a los países de origen, en consonancia con la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (2010), para. 20
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5. Condena la corrupción en todas sus formas, especialmente el soborno, así como el blanqueo del producto de la corrupción y otras formas de delincuencia económica;